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Documento BORME-C-2018-7210

GAMA-DECOR, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 177, páginas 8397 a 8397 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2018-7210

TEXTO

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), se hace público que la Junta general universal de accionistas de Gama-Decor, Sociedad Anónima (la "Sociedad"), celebrada el 5 de septiembre de 2018, aprobó, por unanimidad, la reducción del capital social en la suma de 260.600 euros, quedando fijado en consecuencia el capital social en 503.400 euros, de conformidad con lo siguiente:

1. En primer lugar, la reducción del capital social en la cifra de 248.600 euros se acordó con la finalidad de devolver aportaciones a accionistas mediante la amortización de 2.486 acciones, numeradas correlativamente de la 2.489 a 3.731 y de la 6.218 a 7.460, ambas inclusive, de 100 euros de valor nominal cada una. Este acuerdo ha sido asimismo adoptado en votación separada por los accionistas afectados por la reducción de capital.

2. En segundo lugar, la reducción del capital social en la cifra de 12.000 euros se adoptó con la finalidad de amortizar 120 acciones titularidad de la propia Sociedad (en régimen de autocartera), numeradas correlativamente de la 7.461 a 7.580, ambas inclusive, de 100 euros de valor nominal cada una de ellas, mediante la anulación y eliminación de las mismas.

La finalidad de la reducción es la amortización de las acciones propias que la Sociedad posee en autocartera y, por lo tanto, no ha entrañado la devolución de aportaciones, por ser la propia Sociedad la titular de las acciones amortizadas.

La reducción de capital se ha realizado con cargo a reservas de libre disposición, mediante la dotación de la reserva por capital amortizado por un importe igual al valor nominal de las acciones amortizadas (260.600 euros), de la que solo será posible disponer con los mismos requisitos que los exigidos para la reducción del capital social, en aplicación de lo previsto en el artículo 335 c) de la LSC.

En consecuencia, conforme a lo señalado en dicho precepto, los acreedores de la Sociedad no tendrán el derecho de oposición al que se refiere el artículo 334 de la LSC en relación con la reducción de capital acordada.

La reducción se realizará en el plazo máximo de tres meses desde la adopción de los acuerdos y conllevará la modificación del artículo 5 de los Estatutos sociales.

Vila-real, 10 de septiembre de 2018.- Sorman, Sociedad Anónima, representada por doña María José Soriano Manzanet como Presidenta del Consejo de Administración.

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