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Documento BORME-C-2018-7545

EDIFICIO CÉSPEDES, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
A.E.F. LÓPEZ SÁNCHEZ, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD BENEFICIARIA YA EXISTENTE)
EDIFICIO CÉSPEDES, SOCIEDAD LIMITADA
POSADA DEL LUCERO, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 190, páginas 8797 a 8797 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-7545

TEXTO

Anuncio de Escisión total.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que el día 27 de septiembre de 2018, las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las mercantiles "Edificio Céspedes, S.L." (Sociedad Escindida) y "A.E.F. López Sánchez, S.L." (Sociedad Beneficiaria ya existente) aprobaron por unanimidad, según el procedimiento previsto en el artículo 42 de la citada Ley 3/2009, la escisión total de la Sociedad Escindida, con división de su patrimonio social en tres partes, cada una de las cuales se trasmitirá en bloque por sucesión universal a tres sociedades beneficiarias: 1.ª- La mercantil " A.E.F. López Sánchez, S.L." ya existente; 2.ª- La mercantil de nueva creación que se denominará en aplicación del art. 418.2 del R.R.M., "Edificio Céspedes, S.L.", y 3.ª- La mercantil de nueva creación que se denominará "Posada del Lucero, S.L."; todo ello conforme al Proyecto Común de Escisión Total formulado por los administradores de la Sociedad Escindida y de la Beneficiaria preexistente.

Las dos nuevas Sociedades Beneficiarias se constituirán simultáneamente y la Beneficiaria ya existente procederá a la ampliación de su capital social, todo ello como consecuencia de la escisión total y previa extinción sin liquidación de la Sociedad Escindida, recibiendo los socios de la escindida un número de participaciones de las tres sociedades beneficiarias proporcional a su respectiva participación en la sociedad que se escinde.

Sirve de base de esta operación el balance de escisión cerrado a 31 de diciembre de 2017 y aprobado previamente por las Juntas Generales.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades existentes participantes en la escisión, a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión, así como el derecho que asiste a los acreedores a oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 44 de la citada Ley 3/2009,durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión.

Madrid, 28 de septiembre de 2018.- La Presidenta del Consejo de Administración de Edificio Céspedes, S.L. y Administradora única de A.E.F. López Sánchez, S.L., Esperanza López Sánchez.

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