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Documento BORME-C-2018-7580

ABERTIS INFRAESTRUCTURAS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 192, páginas 8840 a 8840 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2018-7580

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General extraordinaria de accionistas de Abertis Infraestructuras, S.A., celebrada el pasado 25 de julio de 2018, aprobó bajo el punto segundo de su orden del día, una reducción de capital social de la Sociedad mediante la amortización de 78.815.937 acciones que posee la Sociedad en autocartera. La reducción de capital debía ser ejecutada en un plazo no superior a cinco (5) meses desde la adopción del acuerdo y siempre que no existiese ningún obstáculo legal o contractual para ello.

En ejercicio de las facultades que le fueron concedidas por la Junta General extraordinaria de accionistas celebrada el 25 de julio de 2018, el Consejo de Administración de la Sociedad, en su sesión de 25 de septiembre de 2018, acordó reducir el capital social de Abertis Infraestructuras, S.A., en la cuantía de 236.447.811 euros, mediante la amortización de 78.815.937 acciones propias, de tres (3) euros de valor nominal cada una de ellas y que representan el 7,9581% del capital social de la Sociedad y que fueron adquiridas con base a lo autorizado en su momento por la Junta General de Accionistas, dentro de los límites previstos en los artículos 146 y 509 de la Ley de Sociedades de Capital.

El capital social de la Sociedad resultante de la reducción ha quedado fijado en 2.734.696.113 euros, correspondientes a 911.565.371 acciones de 3 euros de valor nominal cada una de ellas.

La reducción de capital mediante la amortización de acciones propias se realiza con cargo a reservas voluntarias o de libre disposición, realizando la correspondiente dotación de una reserva por capital amortizado por importe igual al valor nominal de las acciones propias efectivamente amortizadas, de la que sólo será posible disponer cumpliendo con los requisitos exigidos para la reducción del capital social, conforme a lo previsto en el apartado c) del artículo 335 de la Ley de Sociedades de Capital. De acuerdo con el citado artículo, los acreedores de la Sociedad no disponen del derecho de oposición previsto en el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con la reducción de capital acordada.

Dado que las acciones a amortizar son titularidad de la Sociedad, la reducción de capital no implica la devolución de aportaciones. Por tanto, la finalidad de la reducción será amortizar las acciones propias.

El presente anuncio, se encuentra asimismo disponible en la página web de la Sociedad (www.abertis.com).

Madrid, 28 de septiembre de 2018.- El Secretario del Consejo de Administración, Miquel Roca Junyent.

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