De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión del artículo 73.1 de la citada Ley, se hace público que, en fecha 10 de octubre de 2018, la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de Escuela de Alto Rendimiento Novaschool, S.L. ha acordado por unanimidad la segregación de la sociedad, que traspasará, sin extinguirse, en bloque y por sucesión universal, una parte de su patrimonio que forma la unidad económica independiente afecta a las Escuelas Infantiles, a favor de la sociedad de nueva creación, que se constituirá a tal efecto y que se denominará Novaschool Escuelas Infantiles, S.L., adquiriendo esta última el patrimonio perteneciente a dicha unidad económica. El mencionado acuerdo unánime ha sido adoptado con sujeción a los términos básicos del Proyecto de Segregación suscrito por el administrador único de la Sociedad segregada. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad segregada de obtener el texto íntegro del acuerdo de segregación adoptado y del balance de segregación, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social. Los acreedores de la Sociedad que se segrega podrán oponerse a la misma, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la segregación.
Málaga, 10 de octubre de 2018.- El Administrador único de Escuela de Alto Rendimiento Novaschool, S.L., D. Francisco José Barrionuevo Canto.
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