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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el Socio único de HOLEINTEN, S.L.U. (Sociedad Absorbente) y la Junta General y Universal de socios de VILLA COSTEL·LO, S.L. (Sociedad Absorbida) han aprobado por unanimidad en fecha 12 de febrero de 2018, la fusión inversa de ambas entidades, mediante la absorción de VILLA COSTEL·LO, S.L. (sociedad absorbida) por HOLEINTEN, S.L.U. (Sociedad Absorbente), con extinción por disolución sin liquidación de aquélla y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente que adquiere por sucesión universal, los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.
De conformidad con lo dispuesto en citado artículo 43 de la citada ley se informa del derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como del derecho de oposición que corresponda a los acreedores que deberá ser ejercitado, en su caso, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 44 de la citada ley, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.
Barcelona, 12 de febrero de 2018.- El Administrador único de Villa Costel·lo, S.L., José María Closa Cañellas, el Administrador único de Holeinten, S.L.U., José María Closa Cañellas.
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