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Documento BORME-C-2018-8261

CARTAMUNDI ESPAÑA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MAESTROS NAIPEROS ESPAÑOLES, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 213, páginas 9623 a 9623 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-8261

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Ley de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace público que la sociedad Cartamundi España, sociedad limitada unipersonal, Socio Único de la sociedad Maestros Naiperos Españoles, Sociedad Limitada nipersonal, ejerciendo las competencias propias de la Junta general, ha aprobado en fecha 3 de noviembre de 2018, la fusión por absorción de Maestros Naiperos Españoles, Sociedad Limitada Unipersonal (Sociedad absorbida) por parte de Cartamundi España, Sociedad Limitada Unipersonal (Sociedad absorbente), con la entera transmisión en bloque del patrimonio social de la sociedad absorbida, que se extinguirá, mediante disolución sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones previstos en el proyecto común de fusión suscrito el día 17 de septiembre de 2018 por los Administradores de las sociedades participantes en la fusión, que fue aprobado por el socio único sociedad absorbente.

La fusión tiene carácter de impropia, por cuanto la sociedad absorbida está íntegramente participada por la sociedad absorbente y, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 de la mencionada Ley 3/2009, no procede establecer tipo de canje de las participaciones, ni ampliar el capital social de la sociedad absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los Administradores y expertos.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles.

Valencia, 4 de noviembre de 2018.- Administrador solidario de Cartamundi España, Sociedad Limitada Unipersonal y Maestros Naiperos Españoles, Sociedad Limitada Unipersonal, Wilfred Aandekerk.

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