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Documento BORME-C-2018-8344

AUTOVÍA DEL TURIA, CONCESIONARIA DE LA GENERALITAT VALENCIANA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 216, páginas 9725 a 9726 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2018-8344

TEXTO

Convocatoria de Junta general extraordinaria de accionistas de la Sociedad Autovía del Turia, Concesionaria de la Generalitat Valenciana, S.A. De conformidad con lo previsto en los artículos 163 y siguientes, 173 y siguientes, 272 y siguientes, y concordantes, del Texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, en relación con los artículos 17 y siguientes de los Estatutos sociales, se convoca Junta general extraordinaria de Accionistas de "AUTOVÍA DEL TURIA, CONCESIONARIA DE LA GENERALITAT VALENCIANA, S.A.", el día 20 de diciembre de 2018, a las trece horas (13:00 h), en primera convocatoria; y, para el supuesto de que fuera procedente, el día siguiente, es decir, el día 21 de diciembre de 2018, a las trece horas (13:00 h), en segunda convocatoria; en el domicilio social, sito en el Centro de Control de la Autovía CV-35, PK 8+500, Paterna (Valencia), con arreglo al siguiente

Orden del día

Primero.- Modificación del artículo 21.º de los Estatutos Sociales.

Segundo.- Nombramiento de Consejero.

Tercero.- Delegación de facultades.

Cuarto.- Redacción, lectura y aprobación, si procede, del acta de la Junta.

Derecho de asistencia y voto: De conformidad con lo establecido en el artículo 179 del Texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, en relación con el artículo 22 de los Estatutos sociales, podrán asistir a la Junta los titulares de acciones que las tuvieran inscritas en el Libro Registro de Acciones Nominativas con cinco (5) días de antelación a aquel en que se celebre la Junta; y los titulares de acciones que, con la misma antelación, acrediten mediante documento público su regular adquisición de quien en el citado Libro Registro aparezca como titular. En virtud de lo dispuesto en el artículo 189 del Texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, para el ejercicio del derecho de asistencia a la Junta y el de voto será lícita la agrupación de acciones. Representación: Con arreglo a lo dispuesto en los artículos 184, 185 y 187 del Texto refundido de la Ley de Capital, en relación con el artículo 23 de los Estatutos sociales, todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta por medio de otra persona, aunque ésta no sea accionista. La representación deberá conferirse por escrito o por medios de comunicación a distancia que cumplan con los requisitos previstos en el Texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital para el ejercicio del derecho de voto a distancia, y con carácter especial para la Junta. Estos últimos requisitos no serán necesarios cuando el representante sea cónyuge, ascendiente o descendiente del representado; ni tampoco cuando aquél ostente poder general conferido en escritura pública con facultades para administrar todo el patrimonio que el representado tuviere en territorio nacional. La representación es revocable. La asistencia personal a la Junta del representado tendrá valor de revocación. Constitución de la Junta: En virtud de lo establecido en el artículo 193 del Texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, en relación con el artículo 19 de los Estatutos sociales, la Junta quedará válidamente constituida en primera convocatoria cuando los accionistas, presentes o representados, posean, al menos, el veinticinco por ciento (25%) del capital suscrito con derecho de voto; en segunda convocatoria será válida la celebración de la Junta cualquiera que sea el capital concurrente a la misma. Complemento a la convocatoria: A tenor de lo dispuesto en los artículos 172 y 173.2 del Texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas que representen, al menos, el cinco por ciento (5%) del capital social, podrán solicitar que se comunique a los socios un complemento a la convocatoria de Junta general, incluyendo uno o más puntos del orden del día. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente dirigida a la atención del Presidente del Consejo de Administración, que habrá de recibirse en el domicilio social, sito en el Centro de Control de la Autovía CV-35, PK 8+500, Paterna (Valencia), dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción de la comunicación de la convocatoria. El complemento de la convocatoria se comunicará a los socios con quince (15) días de antelación, como mínimo, a la fecha establecida para la reunión de la Junta. Derecho de información: Conforme a lo previsto en el artículo 197 del Texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, hasta el séptimo (7.º) día anterior al previsto para la celebración de la Junta, los accionistas podrán solicitar a los administradores, acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes. Los administradores deberán facilitar la información por escrito hasta el día de la celebración de la Junta General. Asimismo, durante la celebración de la Junta los accionistas de la sociedad podrán solicitar verbalmente las informaciones o aclaraciones que consideren convenientes acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día y, en caso de no ser posible satisfacer el derecho del accionista en ese momento, los administradores facilitarán esa información por escrito dentro de los siete (7) días siguientes al de la terminación de la Junta. Con arreglo a lo previsto en el artículo 272.2 del Texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, a partir de la fecha de publicación de la convocatoria de la Junta General, cualquier accionista podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma.

Paterna (Valencia), 7 de noviembre de 2018.- La Presidenta del Consejo de Administración, Fabio Manrique Sabatel, representante de Sacyr Concesiones Participadas, IV, S.L.

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