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Documento BORME-C-2018-8478

PROMOCIÓN INMOBILIARIA RÚSTICA Y URBANA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PARDINA FONTAZONES S.L. UNIPERSONAL
ACAMPO CASELLAS S.A. UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 217, páginas 9871 a 9871 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-8478

TEXTO

Anuncio de fusión impropia

En cumplimiento del artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal celebrada el 2 de noviembre de 2018, de la sociedad PROMOCIÓN INMOBILIARIA RÚSTICA Y URBANA, S.L. ("PIRU") quien es, a su vez, el socio único de las mercantiles PARDINA FONTAZONES S.L. UNIPERSONAL y ACAMPO CASELLAS S.A. UNIPERSONAL, acordó la fusión por absorción mediante la integración de todo el patrimonio empresarial de las "Sociedades Absorbidas" a favor de la "Sociedad Absorbente", quien adquiere por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes de aquellas. Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los balances de fusión cerrados a fecha 15 de octubre de 2018, de las sociedades intervinientes, también aprobados, por unanimidad. La fusión tiene carácter de impropia por cuanto las "Sociedades Absorbidas" están íntegramente participadas por la "Sociedad Absorbente" y, de conformidad con el artículo 49.1 de la LME, no procede establecer tipo de canje en las participaciones ni ampliar el capital de la "Sociedad Absorbente", ni tampoco la aprobación de la fusión por parte de la Junta General de la "Sociedades Absorbidas". Por ello, procede la disolución sin liquidación y traspaso en bloque de todo el activo y pasivo de las "Sociedades Absorbidas" a la "Sociedad Absorbente", siendo que la fusión produce efectos contables desde el día 1 de enero de 2018. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición de los acreedores a la fusión, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo, según los artículos 43 y 44 de la misma citada ley.

Zaragoza, 3 de noviembre de 2018.- Secretario del Cconsejo de Administración de la "Sociedad Absorbente" y persona Física designada por PIRU, Administrador único de las "Sociedades Absorbidas" para el ejercicio de las funciones propias del cargo, Federico Astier López-Madrazo.

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