Está Vd. en

Documento BORME-C-2018-8487

S.E.I. INGENIERÍA ELÉCTRICA DE CONSTRUCCIONES Y MONTAJES, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
SEI, INGENIERÍA, EQUIPOS Y MONTAJES ELÉCTRICOS, S.L.
EKIDA LARRONDO, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 217, páginas 9880 a 9880 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-8487

TEXTO

Se hace público, de conformidad con lo establecido en el artículo 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (LME), por remisión del artículo 73 de la misma Ley que, con fecha 8 de Noviembre 2018, la Junta General Universal de la sociedad "S.E.I. INGENIERIA ELECTRICA DE CONSTRUCCIONES Y MONTAJES, S.A." (Sociedad Escindida) ha acordado, de forma unánime con el voto favorable de todos sus socios, la escisión total de todo el patrimonio de la sociedad "S.E.I. INGENIERIA ELECTRICA DE CONSTRUCCIONES Y MONTAJES, S.A." y su transmisión a dos sociedades beneficiarias de nueva creación, "SEI, INGENIERIA, EQUIPOS Y MONTAJES ELECTRICOS, S.L."y "EKIDA LARRONDO, S.L.", quienes adquirirán por sucesión a título universal la totalidad de los derechos y obligaciones que componen el patrimonio escindido adquirido, todo ello de conformidad con el proyecto de escisión total por constitución de dos nuevas sociedades de responsabilidad limitada suscrito por el órgano de administración en fecha 29 de junio de 2018.

Al haberse adoptado el acuerdo de escisión total en Junta Universal y, por unanimidad de todos los socios, así como por cumplirse lo establecido en el artículo 78.bis de la LME, no ha sido necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por Ley, ni han sido necesarios los informes de expertos independientes, ni el informe de los Administradores.

Se hace constar, en cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la LME, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión total de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de la escisión total, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la escisión total. Igualmente se hace constar la puesta a disposición de los socios y trabajadores de los documentos a que hace referencia el artículo 39 de la LME.

Loiu (Bizkaia), 8 de noviembre de 2018.- El Administrador único de S.E.I. Ingeniería Eléctrica de Construcciones y Montajes, S.A, Koldobika Bilbao Galdeano.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid