De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo LME), se hace público que los socios comunes de las sociedades "FRUTAS LOS CISNES, S L." y "LOS CISNES SALAMANCA, S.L.", a través de sendas juntas generales con carácter Universal, celebradas el de 1 de junio de 2018, aprobaron por unanimidad la fusión de las sociedades "FRUTAS LOS CISNES, S L." (sociedad absorbente) y "LOS CISNES SALAMANCA, S.L." (sociedad absorbida), ambas inscritas en el Registro Mercantil de Salamanca, sobre la base de los balances de 31 de diciembre de 2017, también aprobados por las juntas por unanimidad.
El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los Administradores de ambas sociedades con fecha 1 de junio de 2018, y la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 42 de la LME, al tratarse de fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas de forma directa por los mismos socios, habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en ambas sociedades por decisión unánime de sus mismos socios, participantes en igual proporción en ambas sociedades, ejerciendo las facultades de la Junta General, resulta que los acuerdos de fusión se adoptaron en junta universal y por unanimidad de todos los socios en cada una de las sociedades participantes en la fusión, y en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión
El tipo de canje de las participaciones está determinado por el canje de CIEN participaciones sociales de treinta euros de valor nominal cada una, de la Sociedad absorbida, «LOS CISNES SALAMANCA, S. R. L.», por CUATROCIENTAS SESENTA participaciones sociales de diez, de valor nominal cada una, de la Sociedad absorbente, « FRUTAS LOS CISNES, S. R. L.»; MÁS 56'21 EUROS EM METÁLICO; es decir, una relación de 460 participaciones de la sociedad absorbente por 100 participaciones de la sociedad absorbida (4'6 participaciones de la absorbente por cada participación de la absorbida) más 56'21 euros en metálico (0'5621 euros por cada participación de la absorbida). Las nuevas acciones dan derecho a participar en las ganancias a partir de la fecha de efectos contables de la fusión, fijada en el de 1 de enero de 2018.
De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión.
Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 LME.
Salamanca, 23 de octubre de 2018.- El Administrador único, Diego Prieto Almaraz.
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