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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el día 30 de octubre de 2018, el socio único de Olano Cataluña, sociedad limitada (sociedad absorbida) y los socios de Olano Seafood, sociedad limitada (sociedad absorbente), ambas sociedades intervinientes en la fusión, en ejercicio de sus competencias, han adoptado por unanimidad la fusión por absorción de Olano Cataluña, sociedad limitada ("sociedad absorbida") por Olano Seafood, sociedad limitada (sociedad absorbente).
El acuerdo de fusión ha sido adoptado en los términos establecidos en el Proyecto Común de Fusión suscrito por los administradores de las sociedades intervinientes en la fusión en fecha 30 de octubre de 2018.
La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente y la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida. Se han utilizado como balances de fusión el cerrado por la sociedad absorbente en fecha 30 de septiembre de 2018 y el cerrado por la sociedad absorbida en fecha 30 de septiembre de 2.018, debidamente aprobados.
Las operaciones de la sociedad absorbida se consideran realizadas a efectos contables por cuenta de la absorbente desde el 1 de enero de 2018.
No existe en la sociedad absorbente derecho especial alguno. No existen en la sociedad absorbida titulares de derechos especiales distintos de los derivados de su condición de socios a quienes pudieran reconocerse derechos especiales en la sociedad absorbente. No se contempla el otorgamiento de ventajas de cualquier clase a favor de los Administradores de las sociedades intervinientes en la Fusión.
Se anuncia el derecho que asiste a los socios de las sociedades participantes en la fusión y los acreedores de las mismas de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho que corresponde a los acreedores de oponerse a la fusión, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio en los términos legales previstos.
Igualmente se hace constar el derecho que corresponde a los representantes de los trabajadores y trabajadores, y a los socios de las sociedades participantes de la fusión, de examinar en el domicilio social de cada sociedad participante de la fusión, copia de los documentos de la fusión así como a obtener la entrega y envío gratuito de los mismos.
Irún, 12 de noviembre de 2018.- Administrador solidario de Olano Seafood, Sociedad Limitada, Nicolás Jean Michel Olano.
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