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Documento BORME-C-2018-8768

CATA.LOC COSTA BRAVA, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 221, páginas 10191 a 10191 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2018-8768

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 100 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME) se hace público, que en la Junta general universal y extraordinaria de la compañía Cata.Loc Costa Brava, S.L. celebrada con fecha 29 de junio de 2018 se adoptaron, entre otros, los siguientes acuerdos:

I. Aprobar el proyecto de traslado internacional del domicilio social de Cata.Loc Costa Brava, S.L., que fue elaborado por el Administrador único de la mercantil y depositado en el Registro Mercantil de Girona con fecha 7 de junio de 2018 y publicado en el BORME número 118, de 21 de junio de 2018.

II. Trasladar el domicilio social de Cata.Loc Costa Brava, S.L., actualmente sito en 17600 Figueres, provincia de Girona, España, avenida Salvador Dalí, número 98, a Francia, 1, Rue Hermione - Pôle Nautique, 66140 Canet-en-Roussillon ( Perpignan), manteniendo su personalidad jurídica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93.1 LME.

III. Aprobar la nueva denominación social de la entidad para adaptarla a la normativa registral francesa, acordando que la nueva denominación social será Cata.Loc Costa Brava, Société à responsabilité limitée.

No contando la Sociedad con trabajadores, se hace constar lo siguiente: A) El derecho que asiste a socios y acreedores de examinar en el domicilio social actual el Proyecto de traslado depositado en el Registro Mercantil de Málaga y el Informe del Administrador único, así como el de obtener gratuitamente, si así lo solicitaren, copia de dichos documentos; B) El derecho de oposición que corresponde a los acreedores de la Sociedad cuyo crédito hubiera nacido antes de la fecha de la publicación del proyecto de traslado del domicilio social al extranjero, en los términos establecidos para la oposición a la fusión en el artículo 44 de la LME, según dispone el artículo 100 de la misma Ley. Podrán ejercitar este derecho durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de aprobación del traslado internacional del domicilio social.

Figueres, 7 de noviembre de 2018.- El Administrador único, Nicolas Stéphane Vincent Rivas.

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