Está Vd. en

Documento BORME-C-2018-8813

HERMANOS BÉCQUER 10, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
IBERNIA INICIATIVA, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
SOCIEDAD DE CAPITAL RIESGO DE RÉGIMEN SIMPLIFICADO
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 223, páginas 10238 a 10238 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-8813

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción de sociedad íntegramente participada.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la junta general extraordinaria y universal de socios de la mercantil Hermanos Bécquer 10, Sociedad Limitada, aprobó, por unanimidad de todos sus socios, con fecha 19 de noviembre de 2018, la fusión por absorción de Ibernia Iniciativa, Sociedad Anónima Unipersonal, sociedad de capital riesgo de régimen simplificado (Sociedad absorbida, íntegramente participada por la sociedad absorbente) por parte de Hermanos Bécquer 10, sociedad limitada (Sociedad absorbente), con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos a la sociedad absorbente, sucediendo ésta a título universal en todos sus derechos y obligaciones a la sociedad absorbida; todo ello en los términos y condiciones previstos en el proyecto común de fusión suscrito al efecto de forma conjunta por los administradores de las sociedades que participan en la fusión, que fue aprobado por los socios de la sociedad absorbente.

En cuanto la sociedad absorbida está íntegramente participada por la sociedad absorbente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 de la mencionada ley 3/2009 no procede establecer tipo de canje de las participaciones, ni ampliar el capital social de la sociedad absorbente, ni la aprobación de la fusión por el socio único de la sociedad absorbida. Tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes del proyecto común de fusión ni es preceptivo el depósito previo del proyecto común de fusión en el registro mercantil, ni la información prevista en el artículo 39 de la misma ley. No se producirá, como consecuencia de la fusión, modificación estatutaria alguna en la sociedad absorbente.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades fusionadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades fusionadas de oponerse a la fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles en el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de los acuerdos adoptados.

Madrid, 19 de noviembre de 2018.- Administrador Solidario de Hermanos Bécquer 10, Sociedad Limitada, Fernando Gumuzio Iñiguez de Onzoño.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid