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Documento BORME-C-2018-8918

IBERICAR CUZCOMOTOR, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
IBERICAR CADÍ, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 225, páginas 10361 a 10361 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-8918

TEXTO

En cumplimiento del artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de Sociedades mercantiles (LMESM), se hace público que el Socio y Accionista Único de las sociedades "IBERICAR CUZCOMOTOR, S.L.U." e "IBERICAR CADÍ, S.A.U." acordó, el 19 de noviembre de 2018, la fusión por absorción de "IBERICAR CADÍ, S.A.U." por parte de "IBERICAR CUZCOMOTOR, S.L.U.", con la entera transmisión en bloque del patrimonio social de la Sociedad Absorbida, que se extinguirá, mediante la disolución sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la Sociedad Absorbente, todo ello en los términos del proyecto común de fusión gemelar suscrito el 28 de junio de 2018 por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión, que fue aprobado por el Socio Único de la Sociedad Absorbente.

La fusión tiene carácter gemelar por cuanto la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida se encuentran íntegramente participadas, de forma directa, por el mismo socio/accionista y, de conformidad con el artículo 49.1 de la mencionada Ley, aplicable por remisión del artículo 52.1 de la misma, no procede establecer tipo de canje de las participaciones, ni ampliar el capital social de la Sociedad Absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión gemelar ni tampoco incluir en el mismo las menciones 2ª, 6ª, 9ª y 10ª del artículo 31 de la citada Ley.

Se aprobaron los respectivos balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2017 y las operaciones de la Sociedad Absorbida se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la Sociedad Absorbente a partir del 1 de enero de 2018.

No se producirá, como consecuencia de la fusión, modificación estatutaria alguna en la Sociedad Absorbente.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de fusión en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición de los acreedores a la fusión, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de la fusión todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LMESM.

Madrid, 20 de noviembre de 2018.- Los Administradores Mancomunados de la Sociedad Absorbente, Paulo Jorge Sinde Monteiro Pinto de Araujo, Hugo Manuel Oliveira da Silva Torres y Paulo Jorge Fortes Moreira siendo los dos primeros también los Administradores mancomunados de la Sociedad Absorbida.

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