Anulación anuncio de escisión total.
Anulación anuncio de escisión total por acuerdo unánime del artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta general extraordinaria de Maesco, Sociedad Limitada, celebrada con carácter universal el día 1 de diciembre de 2018, en Sevilla, en la sede de su domicilio social, adoptó el acuerdo de anular y dejar sin efecto y eficacia alguna con carácter previo a la ejecución del mismo, el acuerdo de escisión total tomado con fecha 5 de noviembre de 2018, mediante el cual se acordó el traspaso en bloque a título universal de todo su patrimonio social a las tres sociedades beneficiarias, las entidades ya existentes Solega, Sociedad Limitada, y Rústicas del Guadalquivir, Sociedad Limitada y la entidad Pocholo Gestión, Sociedad Limitada (sociedad a constituir), como sociedades beneficiarias de la misma.
Sevilla, 10 de diciembre de 2018.- Firmado.-Los Administradores solidarios de Maesco, Sociedad Limitada, Rústicas del Guadalquivir, Sociedad Limitada, y Solega, Sociedad Limitada, José Gandía Giner y Macarena García-Otero Reina.
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