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Documento BORME-C-2018-9425

OLIVO RESIDENTIAL PROGRAM SICC, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 241, páginas 10937 a 10937 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2018-9425

TEXTO

Reducción de capital.

Conforme al artículo 319 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital ("Ley de Sociedades de Capital") se hace público el acuerdo de la Junta General Extraordinaria y Universal de Olivo Residential Program SICC S.A., con domicilio social en Paseo de la Castellana 91, 28046 Madrid (la "Sociedad"), acordó, el 14 de diciembre de 2018, reducir el capital de la Sociedad en la cantidad de 60.000 euros, mediante amortización de 60.000 acciones, números 1 a 60.000, ambos inclusive, de 1 euro de valor nominal cada una de ellas, con devolución de aportaciones a los accionistas.

Como consecuencia de la reducción, el capital social queda fijado en la cifra de 213.310 euros. Una vez ejecutado el antedicho acuerdo de reducción de capital el artículo 7 de los estatutos sociales pasará a tener la siguiente redacción:

"Artículo 7. Capital social.

El capital social es de doscientos trece mil trescientos diez euros (213.310 €) completamente suscrito y desembolsado y está representado por doscientas trece mil trescientas diez (213.310) acciones ordinarias, nominativas, de un euro (1 €) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 61.000 al 273.310, ambos inclusive.

Las acciones están agrupadas en dos clases, A y B. Las acciones número 60.001 a 215.104, ambos inclusive, y las números 255.759 a 273.310, ambos inclusive, pertenecen a la Clase A (las "Acciones de Clase A") mientras que las acciones números 215.105 a 255.758, ambos inclusive, pertenecen a la Clase B (las "Acciones de Clase B").

Las Acciones de Clase B serán titularidad de entidades del grupo económico al que pertenece la Sociedad Gestora, incluyendo empleados, administradores e instituciones o entidades de inversión gestionadas por la misma (el "Grupo Altamar").

Las Acciones se representarán mediante títulos, que podrán ser unitarios o múltiples y contendrán todas las menciones señaladas como mínimas en la LSC y, en especial, las limitaciones a su transmisibilidad que se establecen en estos Estatutos."

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital se hace constar el derecho de oposición de los acreedores de la Sociedad en los términos y con los efectos previstos en dicho artículo en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación de la presente publicación.

Madrid, 14 de diciembre de 2018.- La Secretaria no Consejera del Consejo de Administración, Almudena Comín Fernández-Cuesta.

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