En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de "European Aviation College, S.A.", celebrada el día 27 de diciembre de 2018, en primera convocatoria, en el domicilio social, sito en el municipio Villagonzalo de Tormes, Matacán (Salamanca), Aeropuerto de Matacán, carretera de Madrid, km 14, y a la que acudieron los accionistas, siendo el capital social representado de un 88,46 % del capital total de la sociedad, totalmente suscrito y desembolsado, se ha acordado, por unanimidad:
I. Aprobar el Balance individualizado formulado por el Consejo de Administración de 23 de noviembre de 2018, referido a 31 de agosto de 2018, verificado por Simón-Moretón Auditores, S.L. (ROAC S-1488), firmada por su socio don José Luis Simón-Moretón Martín (ROAC 18.360), y destinar la totalidad de las reservas para compensar pérdidas de ejercicios anteriores.
II. Acordar reducir el capital social a cero para compensar pérdidas de ejercicios anteriores mediante la amortización de todas las acciones actuales.
III. Se acuerda ampliar el capital social, contemplando expresamente el aumento incompleto (art. 311.1 LSC), hasta la cifra máxima de setecientos treinta y seis mil quinientos euros (736.500 €), mediante la emisión de setenta y tres millones seiscientas cincuenta mil (73.650.000) nuevas acciones, iguales, indivisibles y acumulables, de un céntimo de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la una a la setenta y tres millones seiscientas cincuenta mil, ambas inclusive, sin prima de emisión.
IV. Establecer que el importe del aumento podrá́ ser satisfecho mediante aportación no dineraria o mediante aportaciones dinerarias y desembolsadas con la suscripción. Que la aportación no dineraria de la Fundación Salamanca Progreso, como accionista mayoritario, comprenderá la aportación de la totalidad de las acciones de la mercantil Centro de Transporte y Comercio Exterior de Salamanca, S.A.U. (CITYCESA, S.A.U.), con NIF n.º A 37266608 y del Inmueble en calle San Justo, n.º 36, planta baja, letra B, de Salamanca, que figura inscrito en el Registro de la Propiedad n.º 4 de Salamanca, tomo 3.763, libro 655, folio 28, finca n.º 13.376, valorados en 651.422,85 € por los cuales obtendrá sesenta y cinco millones ciento cuarenta y dos mil doscientas ochenta y cinco acciones.
V. Fijar las condiciones de suscripción y desembolso, respetando el derecho de suscripción preferente de los actuales accionistas. Para las aportaciones no dinerarias se establece que se perfeccionará el desembolso en el momento que se inscriba en los pertinentes registros o notarialmente. Para las dinerarias con la aportación del justificante de pago en la cuenta bancaria de la sociedad IBAN n.º ES08 0182 5506 34 0200038452, abierta en BBVA a nombre de European Aviation College, S.A., indicando como concepto del ingreso "suscripción ampliación de capital".
Establecer como periodo de suscripción para todas ellas el plazo máximo de un mes desde el anuncio público de acuerdo a lo estatutariamente previsto (BORME y web oficial).
En el caso de que el socio no acuda al aumento de capital perderá la condición de socio.
Transcurrido el plazo anterior, las acciones que no hayan sido suscritas podrán serlo por los accionistas que hayan acudido a la ampliación. En tal caso, los accionistas deberán comunicar a la Sociedad su deseo de suscribir las acciones sobrantes, en el plazo de 15 días desde la finalización del anterior plazo, indicando el número de acciones que desean suscribir. Al finalizar el plazo, los administradores asignarán las acciones sobrantes de acuerdo con las solicitudes recibidas. En caso de ser superior el número de solicitudes al de las acciones sobrantes, estas se prorratearán entre los demandantes atendiendo al número de acciones que posean. Los administradores comunicarán a cada accionista interesado las acciones que les han sido asignadas, debiendo los accionistas desembolsar su importe en el plazo de 15 días desde la recepción de la comunicación en la forma indicada.
VI. Delegar en el Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución, las más amplias facultades para desarrollar, formalizar y ejecutar, en su caso, el acuerdo de aumento de capital, dando nueva redacción al artículo 5.º de los Estatutos sociales y, en general, para realizar cuantas actuaciones sean necesarias o convenientes para el buen fin del aumento, expresamente se acuerda facultar al Consejo de Administración para fijar las condiciones del mismo en todo lo no previsto en el acuerdo de la Junta general y para modificar los Estatutos sociales, dando nueva redacción al artículo 5.º a fin de reflejar la nueva cifra de capital social resultante de la ampliación y el número de acciones en que el mismo haya quedado dividido.
Villagonzalo de Tormes, 27 de diciembre de 2018.- La Presidenta, Carmen Rodrigo Martín.
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