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Documento BORME-C-2019-1182

EREDIS CANTABRIA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 59, páginas 1462 a 1463 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2019-1182

TEXTO

Edicto.

Doña María de las Nieves García Pérez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Santander,

Hace saber: Que en este Órgano judicial se siguen autos de convocatoria Juntas generales, a instancia de don Hugo Ruiz Fernández, frente a EREDIS CANTABRIA, S.A., en los que se ha dictado resolución de fecha 11 de febrero de 2019, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

DECRETO n.° 000059/2019.

SRA. LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA D.ª M.ª DE LAS NIEVES GARCÍA PÉREZ.

En Santander a 11 de febrero de 2019.

PARTE DISPOSITIVA.

Por el solicitante se ha puesto de manifiesto que la sociedad estaba constituida por tres socios: el solicitante, el Administrador único JAVIER CALVA GOMEZ que ha fallecido, habiendo renunciado a su herencia su hija y única heredera y la sociedad EREDIS DEVELOPMENT, señalando su domicilio en 86100 Chatellerault (Francia),15-17 rue Joseph Cugnot con CIF n.° B394764815RCS y domicilio en España en C/ Andorra 32, Sant Boj de Llobregat 08830, que ha sido liquidada y disuelta, habiéndose aportado documentación en la que respecto a la sociedad socia consta el cierre por insuficiencia de activos.

ACUERDO:

Convocar Junta General de la sociedad EREDIS CANTABRIA, S.A. señalándose para su celebración: domicilio social de la mercantil en Residencial Pontejos, n.° 1, chalet 4,39618.Pontejos, Ayuntamiento de Marina de Cudeyo, Cantabria, señalándose para su celebración el día 29 de abril de 2019 a las 10:00 horas en primera convocatoria, y el 30 de abril a las 10: 00 horas en segunda convocatoria, bajo la Presidencia de D. HUGO RUIZ FERNÁNDEZ y como Secretario D. NEMESIO BOLIVAR CERVERA, con el orden del día previsto en el art. 171 de la LSC.

El anuncio de la convocatoria deberá realizarse, de conformidad con lo interesado, y previsto en el art. 21 de los Estatutos aportados: Mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia (El Diario Montañés), por lo menos quince días antes de la fecha fijada para su celebración, salvo para los casos de fusión y escisión en que la antelación deberá ser de treinta días como mínimo.

El anuncio expresará la fecha de la reunión en primera convocatoria y el orden del día. Podrá también hacerse constar la fecha, en su caso, de la segunda convocatoria, por lo menos veinticuatro horas después de la primera. En todo caso se hará mención del derecho de cualquier accionista a obtener de la Sociedad, de forma inmediata y gratuita los documentos que han de ser sometidos a su aprobación y en su caso el informe de los auditores de cuentas.

No obstante, la Junta se entenderá convocada y quedará válidamente constituida para tratar cualquier asunto siempre que esté presente todo el capital desembolsado y los asistentes acepten por unanimidad la celebración de la Junta

Podrá asistir a la Junta, en todo caso los titulares de acciones que las tuvieren inscritas en el libro registro de acciones, con cinco días de antelación a aquel en que haya de celebrarse la Junta, y los titulares de acciones que acrediten mediante documento público, su regular adquisición de quien en el libro registro aparezca como titular. Con dicha acreditación se entenderá solicitada a los administradores la inscripción en el libro registro.

Todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta por otra persona. La representación deberá conferirse por escrito y con carácter especial para cada Junta, en los términos y con el alcance establecido en la Ley de Sociedades Anónimas.

Este último requisito no será necesario cuando el representante sea el cónyuge, ascendiente o descendiente del representado; ni tampoco cuando aquel ostente poder general conferido en escritura pública con facultades para administrar todo el patrimonio que el representado tuviere en territorio nacional.

La representación es siempre revocable. La asistencia personal del representado a la Junta tendrá el valor de revocación.

El art. 176 de la LSC establece que entre la Convocatoria y la fecha prevista para celebración de la reunión deberá existir por lo menos un plazo de al menos, un mes en las sociedades anónimas.

Notifíquese la presente resolución al solicitante a través de su representante procesal Sr. Vesga Arrieta

Comuníquese la designación al Presidente de la Junta D. HUGO RUIZ FERNÁNDEZ notificándole esta resolución a través de su representación procesal Sr. Vesga Arrieta, debiendo comunicar su aceptación en un plazo de tres días, procediendo seguidamente a la entrega de los oficios y edictos correspondientes, que quedan expedidos, para su publicación, al solicitante, debiendo acreditar su cumplimentación.

Requiérase al Presidente de la Junta D. HUGO RUIZ FERNÁNDEZ, a través de su representación procesal Sr. Vesga Arrieta, para que una vez celebrada remita acta de la misma para su unión a las actuaciones.

Este Decreto es firme y contra él no cabe interponer recurso alguno.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación conforme a lo acordado, libro el presente en

Santander, 11 de febrero de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, María de las Nieves García Pérez.

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