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Documento BORME-C-2019-120

ANIDIA, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
SOCIEDAD CANARIA DE ALQUILERES, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 8, páginas 154 a 154 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-120

TEXTO

A tenor de lo establecido en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1 LME, se hace público que mediante Decisión de socio único de la entidad Anidia, S.A. (Sociedad Parcialmente Escindida), adoptado en fecha 14 de diciembre de 2018, se ha acordado llevar a cabo la escisión parcial de la entidad Anidia, S.A., con la consiguiente constitución de una nueva entidad mercantil denominada Sociedad Canaria de Alquileres, Sociedad Limitada (Sociedad Beneficiaria), de conformidad con el Proyecto de Escisión de fecha diez de diciembre de dos mil dieciocho, transmitiendo en bloque por sucesión universal a la nueva sociedad la unidad económica constituida por los elementos asignados a la rama de actividad de arrendamiento inmobiliario, sin que la entidad Anidia, S.A., se extinga como consecuencia de la escisión.

Debido a que se ha seguido el procedimiento simplificado establecido en el artículo 78 bis LME, no se ha utilizado informe de los administradores sobre el proyecto de escisión, informe de expertos independientes, ni tampoco balance de escisión. No obstante, se hace constar que el acuerdo de escisión parcial contiene el listado de elementos de activo y pasivo que componen la unidad económica relativa a la actividad de la sociedad beneficiaria de nueva creación.

Tampoco se ha procedido a depositar el proyecto de escisión en el Registro Mercantil en virtud de lo establecido en el artículo 42 por remisión del 73.1 LME. Se hace constar la puesta a disposición de los socios y trabajadores de la sociedad escindida de la documentación prevista en el artículo 39 LME.

Por medio del presente anuncio, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad Anidia, S.A., de conformidad con el artículo 43.1 LME por remisión del 73.1 LME, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, en los términos del artículo 44 LME.

Las Palmas de Gran Canaria, 9 de enero de 2019.- El Presidente del Consejo de Administración de Anidia, S.A., Manuel Alexis Díaz Ortega.

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