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Documento BORME-C-2019-1314

CONTSE, S.A.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
SOCIEDAD ESPAÑOLA DE CARBUROS METÁLICOS, S.A.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 63, páginas 1623 a 1623 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-1314

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME") por remisión del artículo 73 del mismo texto legal, se hace público que la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Sociedad Española de Carburos Metálicos, S.A. (la "Sociedad Beneficiaria") debidamente convocada, en fecha 29 de marzo de 2019, ha aprobado, con las mayorías legalmente requeridas, negocio de suministro de gases industriales y medicinales Contse, S.A.U. (la "Sociedad Escindida")

La Sociedad Escindida subsistirá, no se extinguirá y no reducirá su capital social, pero sí sus reservas en la cuantía suficiente para compensar el traspaso del negocio de suministro de gases industriales y medicinales a la Sociedad Beneficiaria. Ésta no aumentará su capital social ni sus reservas voluntarias, pero por un lado se producirá en el balance de la Sociedad Beneficiaria una reducción del valor de la cartera de la Sociedad Escindida y por otro lado, se producirá una entrada, por el mismo valor, de los activos y pasivos correspondientes a la rama de negocio escindida.

Todo ello en base al proyecto común de escisión sobre el que los consejos de administración de las sociedades participantes redactaron el correspondiente informe, en aplicación de los artículos 33 y 77 de la LME.

Se hace constar expresamente que los accionistas y acreedores de las sociedades participantes podrán obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de escisión y de aportación. Asimismo, a los acreedores de éstas les asiste el derecho de oposición a la escisión parcial, durante el transcurso de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de los acuerdos por los que se aprueba la escisión parcial, en los términos previstos en el 44 de la LME. Igualmente se hace constar que antes de la publicación de los anuncios de convocatoria de la junta general de accionistas de la Sociedad Beneficiaria, se puso a disposición de los trabajadores los documentos a que se hace referencia en el artículo 39 de la LME.

Cornella de Llobregat, 29 de marzo de 2019.- El Consejero Secretario de S.E. de Carburos Metálicos, S.A. y de Contse, S.A.U., Joaquim Mustarós Gel.

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