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Documento BORME-C-2019-1351

PUERCOESPÍN INMUEBLES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE Y SOCIEDAD SEGREGADA)
PUERCOESPÍN PRODUCCIONES, S.L.U.
JAJAJA PRODUCCIONES, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)
PUERCOESPÍN, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA SEGREGACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 64, páginas 1668 a 1668 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-1351

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el art. 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, "LME"), por remisión, en el caso de la operación de segregación señalada más adelante, del art. 73.1 LME, se hace público que con fecha 26 de marzo de 2019 el Socio único de la mercantil Puercoespín Inmuebles, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente" o la "Sociedad Segregada", según corresponda), así como el Socio único de la sociedad Puercoespín Producciones, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida"), y por unanimidad la Junta General Universal Extraordinaria de la mercantil Jajaja Producciones, S.L. (la "Sociedad Absorbida"), adoptaron en unidad de acto pero con carácter sucesivo, los acuerdos relativos a (i) la fusión por absorción de las Sociedades Absorbidas, mediante disolución sin liquidación con aportación en bloque por sucesión universal de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, quedando ésta última subrogada en la titularidad de todos los activos, pasivos, derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas; y (ii) la segregación de una unidad económica y de negocio de la Sociedad Segregada mediante su traspaso en bloque sin disolución ni liquidación a la Sociedad Beneficiaria (de nueva constitución, denominada "Puercoespín, S.L."), quedando por tanto, la Sociedad Beneficiaria subrogada en todos los derechos y obligaciones recibidos; y todo ello con arreglo a los términos establecidos en el proyecto común de fusión por absorción y segregación simultánea, formulado y firmado por órgano de administración de cada una de las sociedades implicadas con fecha 26 de marzo de 2019 (el "Proyecto")

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 42 de la LME, las operaciones de fusión y segregación anunciadas se han acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto.

Se hace constar expresamente el derecho que, en virtud del art. 43 de la LME, asiste a los socios de las sociedades implicadas en las operaciones descritas anteriormente, así como a los acreedores de éstas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión y de segregación.

Asimismo, se informa a los acreedores de cada una de las sociedades implicadas en las operaciones anteriormente expuestas, que podrán oponerse a la fusión y/o a la segregación descritas en el plazo y en los términos del art. 44 LME.

Igualmente, se comunica el derecho que corresponde a todos los socios, obligacionistas, titulares de derechos especiales y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes de la Fusión y la Segregación a examinar en el domicilio social copia de los documentos a que hace referencia el art. 39 de la LME, así como de obtener la entrega o el envío gratuito de los mismo.

Madrid, 28 de marzo de 2019.- El Administrador único de "Puercoespín Inmuebles, S.L.U.", "Puercoespín Producciones, S.L.U." y "Jajaja Producciones, S.L.", Daniel Martín García.

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