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Documento BORME-C-2019-1569

PIR MOLINS, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EDEAL, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
2005 PROMOCIONES SEGAR, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 69, páginas 1960 a 1960 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-1569

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Socios de "Pir Molins, Sociedad Limitada Unipersonal" (Sociedad Absorbente), de "Edeal, Sociedad Limitada Unipersonal" (Sociedad Absorbida uno) y "2005 Promociones Segar, Sociedad Limitada Unipersonal" (Sociedad Absorbida dos), celebradas todas ellas con fecha 1 de abril de 2019, aprobaron por unanimidad la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por "Pir Molins, S.L.U.", de "Edeal, S.L.U." y de "2005 Promociones Segar, S.L.U.", con extinción sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, con ampliación de capital y correspondiente modificación estatutaria en la sociedad absorbente, de acuerdo con los términos previstos en el Proyecto Común de fusión, aprobado y firmado por todos los órganos de administración de las 3 sociedades intervinientes.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión, en cada una de las sociedades que participan en la misma, en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y con informe de los Administradores sobre dicho proyecto común de fusión.

De conformidad con lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, del proyecto y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de las sociedades que se fusionan, durante el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Barcelona, 1 de abril de 2019.- Un Administrador solidario de la sociedad absorbente, Joaquín Belver García.- Otro Administrador solidario de la primera sociedad absorbida, José Belver García.- El Administrador único de la segunda y última sociedad absorbida, José Belver García.

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