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Documento BORME-C-2019-2122

FUNERARIAS DEL OCCIDENTE
DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FUNERARIAS VALDÉS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 79, páginas 2612 a 2612 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-2122

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME") se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad FUNERARIAS DEL OCCIDENTE DEL PRINCIPADO ASTURIAS, S.L. (Sociedad Absorbente), celebrada el día 4 de abril de 2019, y Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad FUNERARIAS VALDÉS, S.L. (Sociedad Absorbida), celebrada el día 4 de abril de 2019, han aprobado, por unanimidad, la fusión por absorción de la segunda por parte de la primera, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión redactado por los Administradores de ambas sociedades con fecha de 10 de abril de 2019, habiéndose aprobado, asimismo, los Balances de Fusión de ambas mercantiles, cerrados a 31 de diciembre de 2018.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente la cual adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en ambas sociedades por acuerdo unánime de sus socios en Junta General Universal y por unanimidad de todos los socios en cada una de las sociedades participantes en la fusión, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículos 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a fusionar, de solicitar y obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión por absorción adoptado y los balances de fusión, y asimismo se el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión por absorción con los efectos legalmente previstos en el artículo 44 de la LME en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción.

Jarrio, 23 de abril de 2019.- El Administrador único de Funerarias del Occidente del Principado de Asturias, S.L., Enrique Gavilán Martínez.- El Administrador único de Funerarias Valdés, S.L., Tomás Méndez Fernández.

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