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Documento BORME-C-2019-2635

SELECCIÓN DE INMUEBLES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INMOBILIARIA HORTALAYA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 86, páginas 3196 a 3196 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-2635

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el pasado 30 de abril de 2019 los respectivos socios únicos de Selección de Inmuebles, S.L.U., e Inmobiliaria Hortalaya, S.A.U. (las "Sociedades") decidieron, respectivamente, aprobar la fusión entre las Sociedades, mediante la absorción de Inmobiliaria Hortalaya, S.A.U., por Selección de Inmuebles, S.L.U., con disolución sin liquidación de Inmobiliaria Hortalaya, S.A.U. (la "Fusión"). Como consecuencia de la Fusión, Selección de Inmuebles, S.L.U., como sociedad absorbente, adquirirá el patrimonio de Inmobiliaria Hortalaya, S.A.U., que se extinguirá, quedando la sociedad absorbente subrogada en todos los derechos y obligaciones de Inmobiliaria Hortalaya, S.A.U.

La Fusión ha sido aprobada por los socios únicos de ambas Sociedades en los términos exactos del proyecto común de fusión redactado y suscrito por todos los miembros del Consejo de Administración de Selección de Inmuebles, S.L.U., y por el Administrador único de Inmobiliaria Hortalaya, S.A.U., con fecha 30 de abril de 2019. Asimismo, en aplicación de lo previsto en el artículo 42 de la LME y, dado que la Fusión ha sido objeto de aprobación por sendos socios únicos de las Sociedades, no ha resultado preciso publicar o depositar el proyecto de fusión en el Registro Mercantil con carácter previo a la aprobación de la Fusión por los referidos órganos de gobiernos de las Sociedades.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de cada Sociedad.

Asimismo, de acuerdo con el artículo 44 de la LME, se hace constar de forma expresa el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la Fusión, asiste a los acreedores de las Sociedades.

Madrid, 30 de abril de 2019.- El Presidente del Consejo de Administración de Selección de Inmuebles, S.L.U., y Administrador único de Inmobiliaria Hortalaya, S.A.U., Fernando Martínez Lascurain.

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