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Documento BORME-C-2019-3736

OSA INTERNATIONAL BUSINESS AND ARCHITECTURAL CONSULTANCY, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
OFFICE FOR SUSTAINABLE ARCHITECTURE, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 94, páginas 4443 a 4443 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-3736

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el art. 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el día 16 de mayo de 2019, el órgano de administración de Osa International Business and Architectural Consultancy, S.L. (antes denominada "STEEL PRODUCTS, S.L.") (Sociedad Absorbente) en ejercicio de sus competencias, ha aprobado la fusión por absorción de su sociedad íntegramente participada Office for Sustainable Architecture, S.L. (Sociedad Absorbida), sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 14 de mayo de 2019 con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por el órgano de administración de ambas sociedades con fecha 14 de mayo de 2019, y la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 49 al tratarse de una fusión por absorción en la que la sociedad absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la sociedad absorbida. En consecuencia no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de fusión de las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 de la LME (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el Proyecto de fusión (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente, y (iv) la aprobación de la fusión por la Junta general de la sociedad absorbida.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en ambas sociedades por decisión/acuerdo de sus socios, ejerciendo las facultades de la Junta General, resulta que los acuerdos de fusión se adoptaron en Junta universal y por unanimidad de todos los socios en cada una de las sociedades participantes en la fusión, y, en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión. Conforme a lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y Balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión de acuerdo con el artículo 44 LME.

Madrid, 16 de mayo de 2019.- El Administrador único de Osa International Business and Architectural Consultancy, S.L., Francisco de Asís Concejo Bravo; Y Osa International Business and Architectural Consultancy, S.L., Administrador único de Office for Sustainable Architecture, S.L., representada por, Francisco de Asís Concejo Bravo.

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