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Documento BORME-C-2019-3949

EMPRESA DE ELECTRICIDAD SAN JOSÉ, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 96, páginas 4688 a 4689 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2019-3949

TEXTO

Por acuerdo de Consejo de Administración, se convoca a los accionistas a la Junta General Ordinaria que se celebrará en primera convocatoria el 26 de Junio de 2019 a las 17:30 h en el Complejo Residencial Lantana, sito en Avda. Pío XII, n.º 85, de Pilas (Sevilla), y a la misma hora y el mismo lugar, el 27 de Junio de 2019 en segunda convocatoria.

Orden del día

Primero.- Aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales del ejercicio cerrado el 31 de Diciembre de 2018.

Segundo.- Distribución del resultado aprobado, en su caso, del ejercicio cerrado el 31 de Diciembre de 2018.

Tercero.- Aprobación, en su caso, de la gestión del órgano de administración durante el ejercicio 2018.

Cuarto.- Distribución del resultado no distribuido de ejercicios anteriores que refleja la cuenta contable "120000000 Remanente", con un saldo de 88.682,09 €.

Quinto.- Aprobación, en su caso, de la modificación de las facultades 5.ª y 6.ª del Consejo de Administración recogidas en el artículo 26 de los Estatutos Sociales aprobados el 8 de junio de 2015 en Junta General Ordinaria para eliminar los límites establecidos de 100.000 € de financiación bancaria en cada facultad. Estas facultades quedarían redactadas de la siguiente forma dentro del artículo 26: "5.ª.- Celebrar toda clase de contratos sobre cualquier clase de bienes o derechos, mediante los pactos o condiciones que juzguen convenientes, y constituir y cancelar hipotecas y otros gravámenes o derechos reales sobre los bienes de la sociedad, así como renunciar, mediante pago o sin él, a toda clase de privilegios o derechos. Podrá igualmente decidir sobre la participación de la sociedad en otras empresas o sociedades. 6.ª.- Llevar la firma y actuar en nombre de la sociedad en toda clase de operaciones bancarias, abriendo y cerrando cuentas corrientes, disponiendo de ellas, interviniendo en letras de cambio, pagarés y otros títulos como librador, aceptante, avalista, endosante, endosatario o tenedor de las mismas, abrir créditos con o sin garantías y cancelarlos, hacer transferencias de fondos, rentas, créditos o valores, usando cualquier procedimiento de giro o movimiento de dinero, aprobar saldos de cuentas finiquitadas, constituir y retirar depósitos o fianzas, compensar cuentas, formalizar cambios, etc. bien sea con el Banco de España y Banca Oficial como con entidades bancarias privadas o cualquier otro organismo de la Administración del Estado o de las Comunidades Autónomas u organismos locales.

Sexto.- Aprobación, en caso de la no aprobación del punto 5, de la modificación las facultades 5.ª y 6.ª del Consejo de Administración recogidas en el artículo 26 de los Estatutos Sociales para aumentar los límites establecidos de 100.000 € de financiación bancaria en cada facultad.

Séptimo.- Aprobación, en caso de la no aprobación del punto 5, de la solicitud de préstamo bancario por importe máximo de 100.000 € para mejorar la liquidez de la empresa en vista de inversiones y gastos presentes y futuros.

Octavo.- Ruegos y preguntas.

Villamanrique de la Condesa, 27 de marzo de 2019.- El Presidente del Consejo de Administración, Isidoro Sandoval Carrasco.

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