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De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el día 20 de mayo de 2019, la socia única de "Inverflor Hortícola, S.L.U." y de "Riberflor Hortícola, S.L.U.", aprobó la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de la última por la primera, con disolución, sin liquidación, de la sociedad absorbida y el traspaso en bloque de su patrimonio social a la sociedad absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de todas las sociedades participantes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión. Los acreedores de las sociedades participantes podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, en el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.
Milagro (Navarra), 20 de mayo de 2019.- El Secretario del Consejo de "Inverflor Hortícola, S.L.U.", Fermín Javier Armendáriz Vicente.- La Secretaria del Consejo de "Riberflor Hortícola, S.L.U.", María Obanos Muguiro.
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