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Documento BORME-C-2019-4162

GECOCSA, GENERAL DE CONSTRUCCIONES CIVILES, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 97, páginas 4940 a 4942 (3 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2019-4162

TEXTO

Convocatoria de junta general ordinaria y extraordinaria. Por acuerdo del consejo de administración de la sociedad de 21 de mayo de 2019, se convoca a los señores socios a la Junta general ordinaria y extraordinaria que tendrá lugar en el domicilio social, el próximo día 27 de junio de 2019, a las 16:30 horas, en primera convocatoria, y 17:00 horas en segunda, y, si fuera preciso, al día siguiente en el mismo lugar y a la misma hora, en segunda convocatoria, con el fin de deliberar y resolver sobre los asuntos contenidos en el siguiente.

Orden del día

JUNTA ORDINARIA

Primero.- Aprobación, si procede, de las Cuentas Anuales, la propuesta de aplicación del resultado y de la gestión del Consejo de Administración, correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2018.

Segundo.- Informe sobre el estado de la sociedad.

Tercero.- Ruegos y preguntas.

Cuarto.- Redacción, lectura y aprobación del acta.

Orden del día

JUNTA EXTRAORDINARIA

Primero.- Aprobación, si procede de la Derogación íntegra de los Estatutos sociales actualmente vigentes y aprobación de unos nuevos Estatutos sociales adaptados a la ley de sociedades de capital. En concreto, las materias objeto de los Estatutos: artículo 1.-Denominación. se mantiene inalterable la misma haciéndose referencia que la misma se regirá por los estatutos y por el TRLSC. artículo 2.-Objeto social, se amplía con respecto a los estatutos actuales. artículo 3.-Domicilio social, se mantiene inalterable. artículo 4.- Duración, comienzo de operaciones, y ejercicio social se mantiene inalterable. artículo 5.- Web corporativa. comunicaciones entre accionistas y administradores por medios telemáticos, se redacta conforme al artículo 11 de la ley de sociedades de capital. artículo 6.- Capital social, se mantiene inalterable. artículo 7.- Acciones. libro-registro, se mantiene inalterable su contenido conforme a una nueva redacción conforme la ley sociedades de capital. artículo 8.- Derechos de los accionistas, se mantiene inalterable su contenido conforme a una nueva redacción conforme la ley sociedades de capital. artículo 9º.- Transmisión de las acciones, se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital. artículo 10º.- Copropiedad, ususfructo, prenda y embargo de acciones. Se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital. artículo 11º.- La junta general, se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital. artículo 12º.-Clases de juntas, obligatoriedad de convocarlas se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital. artículo 13º.-Órgano convocante. se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital. artículo 14º.-Antelación de la convocatoria, se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital. artículo 15º.- Forma de la convocatoria, se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital, y en concreto se establece que mientras no exista web corporativa las juntas se convocarán por cualquier procedimiento de comunicación individual y escrita que asegure la recepción en el domicilio designado al efecto. una vez que la web corporativa de la sociedad haya sido inscrita en el registro mercantil y publicada en el BORME, las convocatorias de juntas se publicarán mediante su inserción en dicha web. artículo 16º.- Lugar de celebración de la junta. Asistencia a la misma por video conferencia u otros medios telemáticos, se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital. artículo 17º.- Asistencia, legitimación y representación en las juntas generales. se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital. artículo 18º.- Voto a distancia anticipado en las juntas generales, se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital. artículo 19º.- Constitución de la junta y adopción de acuerdos, se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital. artículo 20º.- Modos de organizar la administración, y facultades.- Se introduce con respecto a los actuales estatutos que la administración de la sociedad se podrá confiar a un administrador único, administradores que actúen de forma solidaria o de forma conjunta administradores mancomunados o a un consejo de administración, y que para ser nombrado administrador no se requiere la cualidad de socio. artículo 21º.- Consejo de administración, adaptada a la LSC, estableciéndose un plazo para la convocatoria con una antelación mínima de tres días a la fecha de la reunión, pudiendo únicamente convocarse en un plazo inferior en caso de urgencia o necesidad para la adopción de acuerdos. artículo 22º.- Capacidad y duración del cargo, se establece un periodo de cinco años. artículo 23º.- Retribución del cargo, se mantiene inalterable. el capítulo V que contiene los arts. 24 25 y 26 que versan sobre ejercicio social, cuentas anuales y distribución de beneficios, se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital. el capítulo VI. que contiene los arts, 27 y 28,. que versa sobre disolución y liquidación se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital. artículo 29º.- Protección de datos personales, se adapta a la normativa vigente. artículo 30º.- Auditorías de cuentas, se adapta a la normativa vigente. artículo 31º.- Régimen supletorio, se estará a lo dispuesto en la ley de sociedades de capital y demás legislación aplicable.

Segundo.- Aprobación, si procede del cese de los miembros del Consejo de Administración, modificación del órgano de administración, y nombramiento de un Administrador único.

Tercero.- Ruegos y preguntas.

Cuarto.- Redacción, lectura y aprobación del acta.

Documentación: De conformidad con lo previsto en el artículo 272 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, cualquier accionista podrá obtener de forma inmediata y gratuita, las Cuentas Anuales, el Informe de Gestión y el Informe de los Auditores de cuentas sobre las mismas, así como los Estatutos sociales a que se refiere el punto tercero. Derecho de información: De conformidad con lo establecido en el artículo 197 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, con anterioridad a la reunión de la Junta, los señores accionistas podrán solicitar de los Administradores, acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta. Asistencia y Representación: De conformidad con los artículos 179 y 184 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, todos los accionistas tienen derecho a asistir a la Junta. Asimismo, todo accionista podrá hacerse representar por medio de otra persona, aunque ésta no sea accionista, en los términos y con los límites establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital y en los Estatutos sociales. Se agradecerá vuestra asistencia personal a la Junta y, en caso de imposibilidad, me permito recordaros la posibilidad de delegar vuestro voto y representación en otra persona.

Salamanca, 21 de mayo de 2019.- El presidente del consejo de administración, Roberto de Bartolomé y Luis.

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