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Documento BORME-C-2019-4273

FORJAS IRAETA HEAVY INDUSTRY, S.L.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
FIHI FORGING INDUSTRY, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 97, páginas 5085 a 5085 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-4273

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), de aplicación por remisión expresa del artículo 73 de la citada Ley, se hace público que el día 14 de mayo de 2019 el socio único de la sociedad "FORJAS IRAETA HEAVY INDUSTRY, S.L." (la "Sociedad Segregada"), esto es la sociedad "GRI RENEWABLE INDUSTRIES, S.L.", aprobó la segregación (la "Segregación") de la sociedad "FORJAS IRAETA HEAVY INDUSTRY, S.L." mediante la segregación de una unidad económica y de negocio de la Sociedad Segregada mediante su traspaso en bloque sin disolución ni liquidación a la Sociedad Beneficiaria de nueva creación denominada "FIHI FORGING INDUSTRY, S.L." (la "Sociedad Beneficiaria"), que adquirirá todos los derechos y obligaciones del patrimonio segregado. Como consecuencia de la segregación, la Sociedad Segregada recibirá la totalidad de las participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria de nueva creación.

Todo ello conforme a los términos establecidos en el proyecto de segregación (el "Proyecto Segregación") de fecha 14 de mayo, suscrito por la totalidad de los miembros del Consejo de "FORJAS IRAETA HEAVY INDUSTRY, S.L.".

En virtud de lo dispuesto en los artículos 42 y 73 de la LME, al haberse adoptado el acuerdo de segregación en Junta Universal por el socio único de la Sociedad Segregada y por el procedimiento simplificado previsto en el artículo 78bis de la LME, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de segregación ni es necesario el informe de los administradores sobre el mismo, ni el informe de expertos independientes ni el balance de segregación.

A los efectos de lo previsto en el artículo 43 LME, de aplicación por remisión al artículo 73 de la mencionada Ley, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas, lo que se encuentra a su disposición en el domicilio social de la Sociedad Segregada, teniendo los socios y acreedores igualmente el derecho a pedir la entrega o el envío gratuito de los mismos.

Asimismo, a los efectos de lo previsto en el artículo 44 LME, de aplicación por remisión al artículo 73 anteriormente citado, de la mencionada Ley, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes a oponerse a la segregación en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio.

Madrid, 14 de mayo de 2019.- La Representante persona física de "Gestamp Bizkaia, S.A.", Secretario del Consejo de Administración de la entidad mercantil "Forjas Iraeta Heavy Industry, S.L.", Mario Ruiz Escribano.

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