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Documento BORME-C-2019-4384

EUROARCE MINERÍA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CANTERA AMPARO, S.L.U.
MINERA DEL DUERO, S.A.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 98, páginas 5209 a 5209 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-4384

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que, con fecha 20 de mayo de 2019, el socio único de "EUROARCE MINERÍA, S.A.", "CANTERA AMPARO, S.L." y "MINERA DEL DUERO, S.A.", todas ellas de carácter unipersonal, después de aprobar cada una los respectivos balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2018, y tras aprobar el proyecto común de fusión redactado y suscrito por los administradores de dichas sociedades participaciones en la fusión, han aprobado la fusión por absorción de "CANTERA AMPARO, S.L." y "MINERA DEL DUERO, S.A.", como sociedades absorbidas, por parte de "EUROARCE MINERÍA, S.A.", como sociedad absorbente, por extinción sin liquidación de las primeras y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la segunda, que adquirirá por sucesión universal la totalidad de los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas.

A los efectos del artículo 42.1.º de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace constar que las decisiones de aprobar la fusión fueron adoptadas por el socio único de las tres sociedades intervinientes en la fusión, la mercantil "S.A., MINERA CATALANO-ARAGONESA", siendo de aplicación el régimen de fusiones especiales previsto en el artículo 49 de dicha Ley, por remisión del artículo 52 del mismo texto legal.

En cumplimiento del artículo 43.1º de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas, así como de los Balances de fusión. Los acreedores podrán ejercitar su derecho a oponerse a la fusión en los términos del artículo 44 de la citada Ley durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión.

Zaragoza, 21 de mayo de 2019.- El Secretario, Miguel Ángel Fraj Gascón.

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