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Documento BORME-C-2019-4608

UNIÓN FAMILIAR DE GESTIÓN, SOCIEDAD LIMITADA

Publicado en:
«BORME» núm. 101, páginas 5459 a 5459 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2019-4608

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 348, en relación con el artículo 346.2 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, conforme al cual en las sociedades de responsabilidad limitada tendrán derecho a separarse los socios que no hubieran votado a favor del acuerdo de modificación del régimen de transmisión de las participaciones, ejercitándolo en el plazo de un mes a contar desde la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, se hace público que por acuerdo adoptado por la junta general ordinaria de socios de la entidad Unión Familiar de Gestión, Sociedad Limitada, con CIF numero B91066712, celebrada el 10 de abril de 2019, se ha acordado por mayoría modificar el artículo 6 de los estatutos sociales, que regula el régimen de transmisiones de las participaciones sociales, transcribiéndose literalmente a continuación el acuerdo adoptado: modificar el artículo 6 de los estatutos sociales, que quedara como sigue: articulo 6, será libre la transmisión voluntaria de participaciones sociales por actos inter vivos entre socios o en favor de sociedades pertenecientes al mismo grupo que la transmitente. En los demás caso, así como en los supuestos de transmisión forzosa de participaciones sociales, se estará a lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital. En caso de fallecimiento de socio se establece a favor de los socios sobrevivientes y, en su defecto, de la sociedad un derecho de adquisición preferente de las participaciones del socio fallecido, siendo la aplicación lo dispuesto al efecto en el artículo 110.2 de la Ley de Sociedades de Capital.

Sevilla, 23 de mayo de 2019.- El Administrador único, Juan Antonio Fernando Medina.

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