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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que los socios de la sociedad LA ANTIGUA DEL CASAR, S.A., por acuerdo aprobado por la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la sociedad, con fecha 27 de mayo de 2019, ha acordado por unanimidad la escisión parcial de LA ANTIGUA DEL CASAR, S.A., que sin extinción traspasará en bloque una parte de su patrimonio a favor de la sociedad ESLAANTIGUA, S.L., sociedad de nueva creación, 100% participada por los mismos socios que la Sociedad Escindida Parcialmente.
Adicionalmente se informa que, la unidad económica traspasada a la Sociedad Beneficiaria es la Estación de Servicio de Talamanca del Jarama.
Así mismo, de conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, se hace constar de modo expreso el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de escisión, así como, el derecho de oposición que durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de escisión por escisión parcial, asiste a los acreedores y obligacionistas de las sociedades partícipes en la escisión por escisión parcial.
Madrid, 31 de mayo de 2019.- Consejero Delegado, José María Torija Millán.
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