En cumplimiento del artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria de socios de Vocación Empresarial, Sociedad Limitada Unipersonal, celebrada con carácter universal el 7 de junio de 2019 acordó por unanimidad, la fusión por absorción de Trima Domus, Sociedad Limitada Unipersonal, Trima Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada Unipersonal y Amatrisa Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada Unipersonal, adquiriendo la absorbente, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones del patrimonio (activo y pasivo) absorbido que le es traspasado, todo ello en base al balance de fusión de la sociedad absorbente y las absorbidas, de fecha 31 de diciembre de 2018.
Se hace constar que Vocación Empresarial, Sociedad Limitada Unipersonal, es titular del cien por cien (100%) del capital social de Trima Domus, Sociedad Limitada Unipersonal, Trima Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada Unipersonal, y Amatrisa Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada Unipersonal, resultando de aplicación los artículos 42 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Se hace constar, a los efectos de los artículos 43 y 44 de la citada ley, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto integro del acuerdo adoptado y del balance de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores.
Madrid, 11 de junio de 2019.- El Administrador único de Vocación Empresarial, Sociedad Limitada Unipersonal, Trima Domus, Sociedad Limitada Unipersonal, Trima Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada Unipersonal, y Amatrisa Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada Unipersonal, Óscar Trinidad Miras Gómez.
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