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Documento BORME-C-2019-5267

SOCIETAT DE SERVEI GLOBAL GELIMA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GRUP IMAGEL, S.L.
(SOCIETAT ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 116, páginas 6231 a 6231 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-5267

TEXTO

Anuncio del acuerdo de fusión por absorción.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LME), se hace público que el día 28 de mayo de 2019 el socio único de la mercantil Grup Imagel, S.L. (Sociedad absorbida) y los socios de la mercantil Societat de Servei Global Gelima, S.L. (Sociedad absorbente), ambas sociedades intervinientes en la fusión, en ejercicio de sus competencias, han aprobado la fusión por absorción de su sociedad íntegramente participada, la mercantil Grup Imagel, S.L. (Sociedad absorbida), sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 28 de mayo de 2019 con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por el órgano de Administración de ambas sociedades en fecha 28 de mayo de 2019, y la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la LME al tratarse de una fusión por absorción en la que la sociedad absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en las que se divide el capital de la sociedad absorbida. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión: (I) La inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 de la LME; (II) Informe de administradores y expertos sobre el proyecto de fusión; (III) el aumento de capital de la sociedad absorbente y (IV) la aprobación de la fusión por la Junta General de la sociedad absorbida.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en ambas sociedades por decisión/acuerdo de sus socios, ejerciendo las facultades de la Junta General, resulta que los acuerdos de fusión se adoptaron en Junta General conjunta y por unanimidad de todos los socios de cada una de las sociedades participantes en la fusión y, en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de administradores sobre el proyecto de fusión. Conforme a lo establecido en el artículo 43 de la LME se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un (1) mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, de acuerdo con lo que establece el artículo 44 de la LME.

Maçanet de la Selva (Girona), 10 de junio de 2019.- Ricard Marimon Gelpí, Secretario del Consejo de Administración de "Societat de Servei Global Gelima, S.L." y de "Grup Imagel, S.L.".- Josefa Gelpí Millas, Presidenta del Consejo de Administración de "Societat de Servei Global Gelima, S.L." y de "Grup Imagel, S.L.".

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