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Documento BORME-C-2019-5605

CREATIVE LEARNING BCN, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
GRACIA ENGLISH, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD BENEFICIARIA EXISTENTE)
ENGLISH KIDS & TEENS, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 124, páginas 6633 a 6633 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-5605

TEXTO

Anuncio de acuerdo de escisión total.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, por remisión de los artículos 73 y concordantes de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que la Junta general de socios de CREATIVE LEARNING BCN, S.L. (sociedad escindida), celebrada el día 25 de junio de 2019 con carácter universal, ha acordado por unanimidad aprobar su escisión total con la consiguiente extinción de la misma y la división de su patrimonio en dos partes y traspaso en bloque, respectivamente, a favor de la sociedad GRACIA ENGLISH, S.L. (sociedad beneficiaria existente), y de una sociedad limitada de nueva creación con la denominación social de ENGLISH KIDS & TEENS, S.L., todo ello conforme al Proyecto Común de Escisión Total formulado y suscrito por los administradores de las sociedades participantes.

En la misma fecha de 25 de junio de 2019, el socio único de la compañía GRACIA ENGLISH, S.L. unipersonal, ejerciendo las competencias de la Junta general, ha decidido aprobar la escisión y, por consiguiente, la adquisición de los activos y pasivos inherentes al patrimonio escindido que se le atribuye en los términos recogidos en el mismo Proyecto Común de Escisión Total. Simultáneamente a la disolución sin liquidación de la sociedad escindida se producirá la adquisición, por sucesión universal, de la parte del patrimonio de esta respectivamente atribuido a cada una de ellas, por parte de la sociedad beneficiaria ya existente y la fundación de la sociedad beneficiaria de nueva constitución.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, manifestando que no resulta necesario informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni informe de expertos independientes, en conformidad con los artículos 42 y 78.3 de la Ley 3/2009, de 3 de abril. Igualmente, se hace constar el derecho reconocido de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 44 y concordantes del mismo texto legal, a oponerse a la escisión total, en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de los acuerdos.

Barcelona, 26 de junio de 2019.- El Administrador único de la Sociedad Escindida, Joaquim Serracanta Espinalt.- La Administradora única de la Sociedad Beneficiaria existente, KIDS & US ENGLISH, S.L., representada por David Olivier Kervin de Lettenhove.

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