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Documento BORME-C-2019-5757

ATOX SISTEMAS DE ALMACENAJE,
SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ATOX INDUSTRIAL, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 129, páginas 6807 a 6807 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-5757

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles y demás disposiciones aplicables, se hace público que, con fecha 30 de junio de 2019, el accionista único de Atox Sistemas de Almacenaje, Sociedad Anónima Unipersonal ("Sociedad Absorbente"), y la Junta General de socios de Atox Industrial, Sociedad Limitada ("Sociedad Absorbida"), acordaron la fusión de ambas sociedades mediante la absorción de esta última por Atox Sistemas de Almacenaje, Sociedad Anónima Unipersonal, en los términos establecidos en el proyecto de fusión formulado por el órgano de administración de las sociedades intervinientes con fecha 30 de junio de 2019 y sobre la base de los balances cerrados a fecha 31 de diciembre de 2018.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

Se hace constar que la fusión se realiza al amparo de lo establecido en los artículos 42, 49.1 y 52.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, ya que se trata de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbida es titular de forma directa de todas las acciones nominativas de la Sociedad Absorbente, siendo por tanto una fusión inversa directa, y que la misma ha sido aprobada por el accionista único de la Sociedad Absorbente y por la junta general de socios, celebrada con el carácter de universal, de la Sociedad Absorbida y de forma unánime por todos los socios.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, accionistas y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como los balances de fusión. Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a oponerse a la operación en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Gijón (Asturias) y Molins de Rei (Barcelona), 1 de julio de 2019.- El Consejero delegado de Atox Sistemas de Almacenaje, Sociedad Anónima Unipersonal, y Administrador solidario de Atox Industrial, Sociedad Limitada, José Blásquiz Moreno.

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