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Documento BORME-C-2019-6399

HEALTHCARE ACTIVOS FINANCING, S.L
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
HEALTHCARE ACTIVOS INMOBILIARIOS, S.L.U.
HEALTHCARE ACTIVOS 2, S.A.U.
HEALTHCARE ACTIVOS INMOBILIARIOS 3, S.L.U.
HEALTHCARE ACTIVOS INMOBILIARIOS 4, S.L.U.
HEALTHCARE ACTIVOS INMOBILIARIOS 17, S.L.U.
HEALTHCARE ACTIVOS INMOBILIARIOS 6, S.L.U.
HEALTHCARE ACTIVOS INMOBILIARIOS 7, S.L.U.
HEALTHCARE ACTIVOS INMOBILIARIOS 11, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 148, páginas 7542 a 7542 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-6399

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el socio único de Healthcare Activos Financing, S.L., Sociedad Unipersonal (la "Sociedad Absorbente"), en fecha 1 de agosto de 2019 ha aprobado la fusión por absorción de Healthcare Activos Inmobiliarios, S.L.U., Healthcare Activos 2, S.A.U., Healthcare Activos Inmobiliarios 3, S.L.U., Healthcare Activos Inmobiliarios 4, S.L.U., Healthcare Activos Inmobiliarios 17, S.L.U., Healthcare Activos Inmobiliarios 6, S.L.U., Healthcare Activos Inmobiliarios 7, S.L.U., y Healthcare Activos Inmobiliarios 11, S.L.U. (las "Sociedades Absorbidas"), por parte de la Sociedad Absorbente, en los exactos términos y condiciones establecidos en el proyecto común de fusión formulado en la misma fecha por los respectivos órganos de administración de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas.

La operación de fusión por absorción proyectada implicará la integración de las Sociedades Absorbidas en la Sociedad Absorbente, mediante la transmisión en bloque de sus patrimonios en beneficio de la Sociedad Absorbente, su extinción sin liquidación, y sin que proceda el aumento del capital social de la Sociedad Absorbente dado que las Sociedades Absorbidas están íntegramente participadas de forma directa o indirecta por la Sociedad Absorbente y que el socio directo de la sociedad indirectamente participada también es absorbido por la Sociedad Absorbente.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 LME, se hace constar el derecho que asiste al socio/accionista único y a los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones de fusión adoptadas, así como los respectivos balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes en la fusión de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Madrid, 2 de agosto de 2019.- El Administrador solidario de las sociedades intervinientes en la fusión, Jorge Guarner Muñoz.

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