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Documento BORME-C-2019-646

SERTEGO SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
URBASER TRANSPORTES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 34, páginas 752 a 752 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-646

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, con fecha 14 de febrero de 2019, las respectivas Juntas generales extraordinarias y universales de las sociedades citadas en el encabezamiento, acordaron, por unanimidad, proceder a la fusión por absorción de "Urbaser Transportes, S.L.", por parte de "Sertego Servicios Medioambientales, S.L., Sociedad Unipersonal" (Sociedad Absorbente).

La fusión se efectúa mediante disolución sin liquidación y consecuente extinción de la Sociedad Absorbida, adquiriendo la Sociedad Absorbente resultante ("Sertego Servicios Medioambientales, S.L. Sociedad Unipersonal"), por sucesión universal, el patrimonio de la Sociedad Absorbida, con aumento de capital de la Sociedad Absorbente ("Sertego Servicios Medioambientales, S.L., Sociedad Unipersonal"); todo ello, en los términos del Proyecto común de Fusión elaborado en fecha 26 de junio de 2018 por todos los órganos de administración de las referidas Sociedades intervinientes en dicho proceso y que fue debidamente depositado en fecha 23 de noviembre de 2018 y en fecha 30 de noviembre de 2018 en los Registros Mercantiles de Madrid y Barcelona, respectivamente.

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se han considerado como balances de fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2017.

Se hace constar el derecho de los socios, de los representantes de los trabajadores y de los acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el Proyecto común de Fusión, el texto íntegro de los acuerdos adoptados, los Estatutos sociales de la Sociedad Absorbente, así como los Balances de fusión aprobados que se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales.

Asimismo se hace constar el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan, conforme a lo establecido en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles. Para ejercitar el derecho de oposición, los acreedores disponen del plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del anuncio del acuerdo de fusión.

Madrid, 14 de febrero de 2019.- En su calidad de representante físico de Urbaser, S.A.U., Administrador único de la compañía mercantil Sertego Servicios Medioambientales, S.L., Sociedad Unipersonal (Sociedad absorbente); y en su calidad de Administrador único de la compañía mercantil Urbaser Transportes, S.L. (Sociedad absorbida), Carlos Abilio Pérez Alonso y Aitor Jauregui Picabea.

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