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Documento BORME-C-2019-6710

SERVICIOS TELEFÓNICOS DE AUDIOTEX, SOCIEDAD LIMITADA
UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
WORLD PREMIUM GAMING, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
COMPRA AMIGA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
SMART PAY APPS, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 158, páginas 7893 a 7893 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-6710

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público para general conocimiento que, los Socios y Accionistas Únicos de cada una de las Sociedades unipersonales, decidieron ejercitar las competencias de la Junta General Ordinaria de Socios y de accionistas respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley de Sociedades de Capital celebradas, el 30 de junio de 2019, y decidieron aprobar la fusión por absorción de WORLD PREMIUM GAMING, Sociedad Anónima Unipersonal; COMPRA AMIGA, Sociedad Limitada Unipersonal, y SMART PAY APPS, Sociedad Anónima Unipersonal (Sociedades Absorbidas) comportando dicha fusión la transmisión en bloque del patrimonio social de las sociedades absorbidas a la sociedad absorbente, SERVICIOS TELEFÓNICOS DE AUDIOTEX, Sociedad Limitada Unipersonal (Sociedad Absorbente), la cual adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, las cuales se disolverán sin liquidación, según los términos establecidos en el proyecto de fusión.

La operación se estructura y enmarca dentro de la fusión por absorción mediante acuerdo unánime de fusión que se regula en los artículos 42, 49 y 52 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios, accionistas acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades intervinientes en el proceso de fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores y obligacionistas de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009 durante el plazo de un mes desde la publicación de este anuncio de fusión.

Madrid, 12 de agosto de 2019.- Administrador Único de Servicios Telefónicos de Audiotex, S.L.U. (Sociedad Absorbente) y de World Premium Gaming, S.A.U.; Compra Amiga, S.L.U., y Smart Pay Apps, S.A.U. (Sociedades Absorbidas), don José de la Cruz Chillerón Mota.

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