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Documento BORME-C-2019-6765

CARDONA 30, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FAKE ESTATES, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 163, páginas 7953 a 7953 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-6765

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias de las Sociedades Cardona 30, Sociedad Limitada, y Fake Estates, Sociedad Limitada, celebradas el día 26 de julio de 2019, con carácter universal, acordaron por unanimidad la fusión por absorción de Fake Estates, Sociedad Limitada (sociedad absorbida), por parte de Cardona 30, Sociedad Limitada (sociedad absorbente), aportando la primera a la segunda la totalidad de sus activos y pasivos, quedando la segunda subrogada en todos los derechos y obligaciones de la primera, desapareciendo la absorbida; todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión, y en base al balance de fusión aprobado por cada una de las sociedades participantes en la fusión por absorción. Se hace constar expresamente, a tenor de lo establecido en el artículo 40.2 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, el derecho de los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión por absorción. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la operación podrán oponerse a la fusión por absorción en el plazo de un mes, desde la publicación del último anuncio de fusión.

Manresa, 2 de agosto de 2019.- El representante de Hotel Pastis, S.L. (Administrador único de ambas sociedades), Ignasi Puig Claret.

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