Contido non dispoñible en galego
Anuncio de Transformación de la Sociedad Gruvexma, S.A.U., en Sociedad Limitada, reducción de capital, ampliación objeto social y cambio de domicilio.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace publico que la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas de la Sociedad Mercantil "Gruvexma, S.A.U.", titular de C.I.F. número A81050239, celebrada el día 13 de septiembre de 2019, en el domicilio social, sito en Daganzo de Arriba (Madrid), calle Pedro Duque, número 2, acordó por unanimidad los siguientes acuerdos:
Primero.- Aprobar la transformación de la Sociedad Anónima en Sociedad de Responsabilidad Limitada, sin cambio de personalidad jurídica, a la vista del Informe del Administrador sobre la transformación, que se aporta a la Junta, con el contenido del artículo 9.1.1.º, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, modificándose en consecuencia el artículo 1.º de los Estatutos Sociales, que queda con la redacción siguiente: "Artículo 1.º. - Denominación: Bajo la denominación de 'Gruvexma, S.L.U.', se constituye una sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por las normas legales imperativas, por los estatutos y, respecto de lo que no esté previsto en ellos por la Ley de Sociedades de Capital, por el Código de Comercio y por las demás disposiciones complementarias.".
Segundo.- Aprobar la reducción del capital social, mediante la amortización de las acciones que posee la sociedad en autocartera según se detalla: "Se reduce el capital social de 'GRUVEXMA, S.A.U.', en la cantidad de cuarenta y cuatro mil ciento setenta y cuatro euros con treinta y ocho céntimos (44.174,38 €). La reducción se realiza para amortizar las siguientes acciones: De las numero 1 a 1666, de 2267 a 3333, de 3750 a 4999, de 6650 a 10.000 y de 13318 a 13333, todas ellas inclusive. Dichas acciones han sido adquiridas por la sociedad 'Gruvexma, S.A.U.', en escritura pública autorizada por el Notario de Paracuellos de Jarama, Don Joaquín Delibes Senna-Cheribbo, el día 28 de diciembre del año 2018, con el número 2.629 de protocolo. Dichas acciones adquiridas por la sociedad quedan anuladas y se renumeran las restantes desde el numero 1 a la 7650, ambas inclusive". Como consecuencia de la reducción de capital se modifica el artículo 7.º de los Estatutos sociales que queda con la redacción siguiente: "Artículo 7.º. - Capital Social y participaciones: El Capital Social, que está totalmente desembolsado, se fija en cuarenta y cinco mil novecientos setenta y siete euros con cuarenta y cuatro céntimos de euro (45.977,44 €), y está dividido en siete mil seiscientas cincuenta (7.650) participaciones sociales con un valor nominal cada una de ellas de 6,010122 euros, y numeradas correlativamente del 1 al 7.650, todas inclusive. Las participaciones son indivisibles y acumulables. No tendrán el carácter de valores negociables, no podrán estar representadas por medio de títulos o de anotaciones en cuenta ni denominarse acciones."
Tercero.- Aprobar la ampliación del objeto social, quedando modificado el artículo 2.º que quedara redactado de la siguiente forma: "Artículo 2.º. - Objeto. La sociedad tendrá por objeto: - La distribución, comercialización, depósito y logística de productos de alimentación. La adquisición, enajenación y arrendamiento de toda clase de inmuebles urbanos y rústicos. La adquisición, tenencia y administracion de valores mobiliarios y participaciones sociales dejando a salvo lo dispuesto en la legislación sobre sociedades de Inversión Colectiva y la del Mercado de Valores.".
Cuarto.- Aprobar el cambio de domicilio social dentro de la localidad de Daganzo de Arriba (Madrid) de su actual ubicación sita en la calle Marconi, s/n, a la calle Pedro Duque, número 2, por lo que queda modificado el artículo 6.º de los Estatutos en los siguientes términos: "Artículo 6.º. - Domicilio social: El domicilio social queda fijado en Daganzo de Arriba (Madrid), calle Pedro Duque, número 2.".
De conformidad con los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores de la sociedad tienen derecho de oposición al acuerdo de reducción a ejercitarse en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de reducción.
Daganzo de Arriba, 13 de septiembre de 2019.- El Administrador único, Segundo Reino Gil.
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