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Documento BORME-C-2019-7221

SODIRA IBERIA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
YOSEMITE FACTORY, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 189, páginas 8461 a 8461 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-7221

TEXTO

A efectos de lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, en adelante LME, se hace público que las respectivas Juntas Generales de Sodira Iberia, S.L.U. (Sociedad Absorbente), y Yosemite Factory, S.L. (Sociedad Absorbida), han acordado, en fecha 23 de septiembre de 2019, y de conformidad con el proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes, la fusión por absorción de Sodira Iberia, S.L.U. (Sociedad Absorbente), y Yosemite Factory, S.L. (Sociedad Absorbida), quedando ésta última disuelta sin liquidación al ser absorbida por Sodira Iberia, S.L.U., que sucederá en todo el patrimonio de la absorbida y se subrogará en todos sus derechos y obligaciones.

En la medida en que la Sociedad Absorbida es titular del 100% del capital social de la Sociedad Absorbente y que el acuerdo de fusión ha sido adoptado en Junta Universal y por unanimidad en ambas sociedades, la fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley, sin informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión y sin necesidad de aumento de capital en la Sociedad Absorbente ni informe de experto de conformidad con lo dispuesto en los artículo 42 y 49.1 de la LME.

Finalmente, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores sociales de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión, en los términos señalados en el artículo 44 de la LME.

Asimismo, puesto que la Sociedad Absorbente está íntegramente participada de forma directa por la Sociedad Absorbida se trata de una fusión inversa prevista en el artículo 52.1 de la LME y que la fusión ha sido aprobada por unanimidad de la Junta General de Socios del socio único (esto es, Yosemite Factory, S.L.), de la Sociedad Absorbente, la fusión se ha aprobado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 49.1 de la LME.

Madrid, 26 de septiembre de 2019.- El Secretario no Consejero del Consejo de Administración de Sodira Iberia, S.L.U., y Yosemite Factory, S.L., Fernando Francisco Marín Riaño.

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