De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el día 20 de septiembre 2019, el Socio único de Hospital Recoletas de Castilla León, Sociedad Limitada unipersonal ("Sociedad Absorbente"), en ejercicio de sus competencias, ha decidido aprobar la fusión de la sociedad mediante la absorción de la sociedad Clínica La Marquesina, Sociedad Limitada unipersonal ("Sociedad Absorbida"). La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, con extinción de la misma.
Todo ello de conformidad con el Proyecto de Fusión suscrito por el Administrador único de las sociedades involucradas en el proceso de fusión y con el balance de fusión cerrado a 31 de julio de 2019.
A los efectos anteriores, conforme a lo establecido en el artículo 52.1, se pone de manifiesto que a la presente fusión gemelar le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 49 de la LME.
Asiste a los socios, a los acreedores y a los representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión y a los acreedores de cada una de dichas sociedades el derecho a oponerse a la fusión, todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la Ley.
Valladolid, 30 de septiembre de 2019.- La persona física designada por la mercantil Grupo Hospitalario Recoletas, Sociedad Limitada Unipersonal, para desempeñar el cargo de Administrador único de las sociedades Hospital Recoletas de Castilla León, S.L.U., y Clínica La Marquesina, S.L.U., Amando Julio Rodríguez Gutiérrez.
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