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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, con fecha de 19 de septiembre de 2019, el socio único de la sociedad SALONS DEVELOPMENT, S.L.U., y la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de la sociedad PURE FURISM, S.L., decidió y aprobó por unanimidad respectivamente, proceder a la fusión por absorción de PURE FURISM, S.L., por parte de SALONS DEVELOPMENT, S.L.U., y, en consecuencia, la disolución sin liquidación de PURE FURISM, S.L., y la transmisión en bloque, por sucesión universal, de todo su patrimonio, derechos, obligaciones, participaciones y contratos a SALONS DEVELOPMENT, S.L.U., la cual perderá su condición de unipersonal.
Todo ello conforme a los términos previstos en el Proyecto Común de Fusión por Absorción Impropia Inversa, aprobado y suscrito por los Órganos de Administración de las dos sociedades implicadas en la operación de fusión con fecha 27 de junio de 2019.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la operación de fusión por absorción de obtener gratuitamente el texto integro de la decisión adoptada y los balances de fusión, así como el derecho de oponerse a la fusión por absorción que corresponde a los acreedores en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción, de conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Elche (Alicante), 20 de septiembre de 2019.- El Administrador único de Salons Development, S.L.U., y Consejero Delegado de Pure Furism, S.L., Francisco Medina Pérez.
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