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Documento BORME-C-2019-7359

PROMOTORA MEDITERRÁNEA-2, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PRONATUR ENERGY 2011, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 194, páginas 8616 a 8616 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-7359

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que, con fecha 2 de setiembre de 2019 y 3 de setiembre de 2019, las respectivas Juntas Generales Extraordinarias de Promotora Mediterránea-2, S.A. ("Sociedad Absorbente), y Pronatur Energy 2011, S.L., Sociedad Unipersonal ("Sociedad absorbida"), acordaron por unanimidad proceder a la fusión de las mencionadas sociedades mediante la absorción por parte de Promotora Mediterránea-2, S.A., de Pronatur Energy 2011, S.L., Sociedad Unipersonal, con la transmisión en bloque, por sucesión universal, de todo su patrimonio, derechos y obligaciones a Promotora Mediterránea-2, S.A., produciéndose, como consecuencia de lo anterior, la disolución sin liquidación de Pronatur Energy 2011, S.L., con extinción de la misma.

Todo ello de conformidad con los términos previstos en el Proyecto Común de Fusión, aprobado y suscrito en fecha 10 de junio de 2019 por los órganos de administración de ambas sociedades intervinientes en la fusión, y debidamente depositado en el Registro Mercantil de Barcelona en fecha 28 de junio de 2019.

De conformidad con lo establecido en el referido artículo 43 LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los balances de fusión. Del mismo modo, se hace constar el derecho de los acreedores, cuyos créditos se encuentren en el supuesto del artículo 44 LME, de oponerse a la fusión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un (1) mes a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio del acuerdo de fusión.

Sant Vicenç dels Horts, 4 de octubre de 2019.- El Secretario no Consejero de Promotora Mediterránea-2, S.A., Raúl Manuel González Rodríguez.- El Secretario Consejero de Pronatur Energy 2011, S.L., Sociedad Unipersonal, Ramón Torrescasana Borrell.

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