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Documento BORME-C-2019-7606

PROMOCIONES ITURRIGORRIALDE, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
ZELAIKOA 2019, S.L.
PROMOCIONES ITURRIGORRIALDE, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 202, páginas 8891 a 8891 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-7606

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, LME), se hace público que el día 9 de septiembre de 2019 la Junta General de Socios de la mercantil "Promociones Iturrigorrialde Sociedad Limitada" acordó por unanimidad de todos sus socios la Escisión Total de la misma, extinguiéndose sin liquidación y traspasando la totalidad de su patrimonio a dos entidades de nueva creación, una de las cuales heredará la denominación social de la Sociedad Escindida "Promociones Iturrigorrialde, Sociedad Limitada", con base a las previsiones contenidas en el art. 418.2 del Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil y la otra denominada "Zelaikoa 2019, Sociedad Limitada", quedando las mismas subrogadas en todos los derechos y obligaciones que reciban, todo ello en los términos establecidos en el Proyecto de Escisión Total, de fecha 30 de junio de 2019, suscrito por los órganos de administración de las sociedades participantes en la escisión, sin necesidad de su depósito en el Registro Mercantil en el que están inscritas las sociedades participantes conforme establece el artículo 42 de la LME.

Se hace constar expresamente que no existen en las sociedades intervinientes en la operación de escisión total, titulares de acciones o participaciones de clases especiales o titulares de derechos especiales distintos de los que concede la cualidad de socio, ni obligacionistas.

Asimismo, se informa a los socios y acreedores de la compañía objeto de la operación de reestructuración empresarial, que ostentan el derecho a obtener de la misma, el texto integro del acuerdo adoptado durante el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de escisión. Igualmente, los acreedores de la compañía podrán oponerse a la operación de escisión total en los términos recogidos en el artículo 44 de la LME durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la escisión total.

Galdakao, 11 de septiembre de 2019.- El Administrador único de Promociones Iturrigorrialde, Sociedad Limitada, José Miguel Olabarri Pinedo.

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