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Documento BORME-C-2019-8036

CENTRO RADIOLÓGICO COMPUTARIZADO, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 213, páginas 9378 a 9378 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2019-8036

TEXTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 305 y 319 de la Ley de Sociedades de Capital se hace constar que en la Junta General Extraordinaria de accionistas de la sociedad CENTRO RADIOLÓGICO COMPUTARIZADO, S.A., celebrada el pasado 24 de octubre de 2019, cuya convocatoria fue publicada en la Web de la Sociedad, el día 23 de septiembre, con asistencia del 99,00 % del capital de la sociedad se adoptó por unanimidad, entre otros, el acuerdo siguiente:

Reducir el capital social de la Compañía a cero euros, para reestructurar el capital social, mediante la amortización de todas las acciones que componen el capital social y devolución de aportaciones a los socios por el valor nominal de las acciones, quinientos cuarenta mil euros (540.000 €). Simultáneamente, se acuerda con el voto favorable del socio CENTRO MÉDICO DIAGNÓSTICO POR LA IMAGEN, S.L. (99% del capital social), y ningún voto en contra, aumentar el capital social hasta la cifra de sesenta mil euros (60.000 €), mediante la creación de sesenta mil (60.000) nuevas acciones nominativas, integradas en una sola clase y serie, de valor nominal de un (1) euro cada una de ellas. Las nuevas acciones podrán ser suscritas por los socios actuales en ejercicio de su derecho de preferencia en proporción a su participación en el capital social. Asimismo, aquellas acciones no asumidas por los socios por no hacer uso de su derecho de suscripción preferente, podrán ser suscritas por los restantes en segunda vuelta, en proporción a su participación, dentro de los quince días siguientes a la finalización del plazo de ejercicio del derecho de preferencia. El derecho de preferencia se ejercitará por los socios en el plazo de un mes desde la publicación del anuncio de la oferta de suscripción de las nuevas acciones en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Los socios que lo ejerciten deberán desembolsar el nominal correspondiente mediante ingreso en la cuenta corriente abierta a nombre de la sociedad que se indique en el anuncio. En todo caso el aumento del capital deberá ser suscrito íntegramente para la correcta ejecución de este acuerdo pues debe alcanzar el capital social la cifra mínima legal. Tras la ejecución del acuerdo, el artículo quinto del capital social quedará redactado del siguiente modo: "Su capital, enteramente suscrito y desembolsado en su totalidad es de SESENTA MIL EUROS, dividido en sesenta mil acciones nominativas de un euro de valor nominal cada una de ellas e integradas en una sola clase y serie, números 1 al 60.000, ambos inclusive."

En caso de ejercicio del derecho de suscripción preferente el ejercicio de dicho derecho deberá acreditarse ante la propia Sociedad remitiendo a ésta en su domicilio social justificante con el correspondiente certificado del ingreso total nominal de las acciones a suscribir en la cuenta bancaria de la sociedad ES73 0049 4510 3622 10004973 indicando como concepto del ingreso "suscripción ampliación de capital".

Sevilla, 29 de octubre de 2019.- El Secretario del Consejo de Admistración, Fernando Ollero Ojeda.

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