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Documento BORME-C-2019-806

GLOBAL SERVICES ON BELTS TECHNOLOGIES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BANDAS Y SERVICIOS CÁNTABROS, S.L.U.
NEUMÁTICOS Y BANDAS LYRSA, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 41, páginas 975 a 975 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-806

TEXTO

El socio único de Global Services on Belts Technologies, S.L.U., con NIF B01448240, de Bandas y Servicios Cántabros, S.L.U., con NIF B39855911, y de Neumáticos y Bandas Lyrsa, S.L.U., con NIF B95722658, con fecha 20 de febrero de 2019 ha aprobado por unanimidad la fusión por absorción de Bandas y Servicios Cántabros, S.L.U., y de Neumáticos y Bandas Lyrsa, S.L.U., como sociedades absorbidas, por Global Services on Belts Technologies, S.L.U., como sociedad absorbente, con extinción por disolución sin liquidación de Bandas y Servicios Cántabros, S.L.U. y de Neumáticos y Bandas Lyrsa, S.L.U., y transmisión en bloque de sus patrimonios a la sociedad absorbente que adquiere, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas.

Por tratarse de una fusión de sociedades íntegra y directamente participadas por el mismo socio, es de aplicación los artículos 49 y 52 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, no procediendo relación de canje ni los informes de expertos independientes y del órgano de administración sobre el proyecto de fusión, ni aumento de capital. Asimismo, por haberse acordado la fusión conforme a los artículos 42 y 52 de la mencionada Ley, no resulta precisa la publicación o depósito de los documentos exigidos por la ley ni el informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión, respetándose, en su caso, los derechos de información expresamente recogidos en dicho artículo 42.

Se hace constar el derecho de todos los socios y acreedores de las sociedades que participan en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados por el Socio Único y el Balance de fusión, así como el derecho de los acreedores (cuyo crédito haya nacido con anterioridad a la fecha de publicación del acuerdo de fusión) durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

En Vitoria, 20 de febrero de 2019.- La Administradora Solidaria de Global Services on Belts Technologies, S.L.U., Bandas y Servicios Cántabros, S.L.U. y Neumáticos y Bandas Lyrsa, S.L.U., Susana Echevarría Palacios.

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