Contenu non disponible en français
De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LME), se hace público que con fecha 4 de noviembre de 2019, las Juntas Generales Extraordinarias de socios de las Absorbente y Sociedad Absorbida, ejerciendo las competencias propias de la Junta Universal, acordaron por unanimidad proceder a la fusión por absorción de la Absorbida por parte de la Absorbente, con la consecuente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y la atribución de su patrimonio íntegro a título universal, a la sociedad absorbente, con efectos contables desde el 1 de enero de 2019, los derechos y obligaciones de la misma. Se han aprobado como balances de fusión los cerrados por ambas sociedades a fecha 30 de septiembre de 2019.
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 42 de la LME no procede la publicación ni el depósito previo de los documentos exigidos por la Ley, en concreto, el proyecto común de fusión, ni la elaboración del informe de los administradores sobre el proyecto de fusión, al haberse adoptado los acuerdos en Junta General Extraordinaria Universal y por unanimidad de los socios tanto de la sociedad absorbida, como de la sociedad absorbente.
El cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión de ambas sociedades, y a oponerse a la fusión por absorción con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha del último anuncio de la fusión por absorción.
Paterna (Valencia), 5 de noviembre de 2019.- El Administrador solidario de Fami Box, S.L., y de Torre Tallada, S.L., Pascual Silla Vidal.
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid