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De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, «LME»), se hace público que los accionistas de Cad Tech Ibérica, S.A. y los socios de Cad Tech Formación, S.L.U., han aprobado por unanimidad, reunidos en Junta General, con carácter extraordinario y universal, ambos con fecha 16 de septiembre de 2019, la fusión por absorción de ambas sociedades, consistente en la absorción de la sociedad Cad Tech Formación, S.L.U. (sociedad absorbida), por parte de Cad Tech Ibérica, S.A. (sociedad absorbente), con la consecuente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y la transmisión a título universal del patrimonio integro de dicha sociedad a la absorbente, todo ello en los términos y condiciones que se indican en el Proyecto Común de Fusión de fecha 30 de junio de 2019, que ha sido emitido por el administrador único de ambas sociedades.
El acuerdo de fusión ha sido adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto Común de Fusión, al ser adoptado en los términos previstos en los artículos 42 y 49 de la LME, relativo a la absorción de sociedad íntegramente participada por la sociedad absorbente.
Asimismo, se informa del derecho de oposición que corresponde a los acreedores en los términos y con los efectos legalmente previstos en el artículo 44 de la LME, en el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión. Se hace constar expresamente, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener de manera gratuita en el domicilio social de la sociedad absorbida, sito en la avenida Leonardo Da Vinci, núm. 22, Parque Empresarial La Carpetania, 28906, Getafe, Madrid, el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado, los balances de fusión, así como las condiciones de ejercicio del derecho de oposición que en su caso correspondan a los acreedores.
No existen obligacionistas ni ninguna clase de participaciones especiales o privilegiadas, ni personas que tengan derechos especiales distintos de las acciones o participaciones, ni se contempla el otorgamiento de ventajas de cualquier clase a favor del administrador de las sociedades intervinientes en la Fusión.
Madrid, 21 de noviembre de 2019.- El Administrador único de Cad Tech Ibérica, S.A., y Administrador único de Cad Tech Formación, S.L.U., Jesús Prieto Marcos.
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